Argentina
Jueves, 25 abril 2024
LEGISLATURA
6 de junio de 2022

La UCR quiere extender la autonomía municipal a la nocturnidad

Senadores boina blanca presentaron un proyecto para que los municipios puedan determinar el horario de cierre de boliches bailables, clubes y bares. También proponen que las multas se actualicen automáticamente.

La UCR quiere extender la autonomía municipal a la nocturnidad - La Tecla

Senadores de la UCR presentaron un proyecto para modificar la ley de nocturnidad en la provincia de Buenos Aires, con la idea de que los intendentes puedan fijar horarios de boliches bailables, clubes y bares.

La iniciativa ingresó a la comisión de Asuntos Municipales, Descentralización y Fortalecimiento Institucional, que preside el boina blanca David Hirtz, enmarcado en la avanzada autonomista que encabeza el radicalismo provincial.

La iniciativa de los legisladores de Juntos pretende modificar la ley 14.050, que regula los horarios de los establecimientos de nocturnidad en territorio bonaerense.

“Estamos solicitando que sean los municipios los encargados de organizar y ordenar la actividad nocturna porque entendemos que cada distrito tiene sus características y complejidades específicas”, aseguró el legislador de la Cuarta Sección, Agustín Máspoli, uno de los autores de la iniciativa junto a su par Alejandro Cellillo, quien agregó: "Queremos que se legisle de acuerdo a la idiosincrasia de cada uno de los pueblos de la Provincia, que tiene sus usos y costumbres, y por supuesto necesitan una reglamentación acorde al estilo y diferentes modos de vida, como las ciudades del interior".

Asimismo, el ex intendente de General Alvear sostuvo: "Tenemos que terminar con gobiernos provinciales que administran desde La Plata, sin conocer la provincia en profundidad. La autonomía municipal es sinónimo de gestiones más cercanas, eficientes y resolutivas".

El texto propuesto modifica, entre otros, el artículo 3 de dicha ley, dejando establecido que “es atribución de los municipios, a través de sus respectivos Concejos Deliberantes, fijar el horario en que funcionaran los establecimientos comprendidos en los artículos 1° y 2° de la presente Ley”, derogando el artículo 17 de la misma.

Además, el proyecto de los radicales modifica los artículos 10, 11 y 12, que establece multas para los comercios o empresarios que incumplan la ley provincial.

En tal sentido, proponen que se actualicen de manera automática. “En la actualidad los valores que se estipulan no prevén mecanismos de actualización, y son sumas irrisorias, desactualizadas, lo cual hace que no genere el efecto que persigue la sanción ante la infracción de una norma. De esta manera los locales bailables, confiterías bailables, discotecas, discos, salones de bailes, clubes y demás locales bailables o similares, que incumplan lo estipulado en la Ley 14.050, tendrán una sanción más rigurosa que permita mayor control y prevención de las actividades nocturnas”, fundamentan los legisladores de Juntos.

En el texto se señala que “será sancionado con multas equivalentes a cinco (5) salarios mínimo vital y móvil hasta cincuenta (50) salarios mínimo vital y móvil y clausura hasta sesenta (60) días del local, quien transgrediere las disposiciones contenidas en los artículos 7° primer apartado, 8° y 9° de la presente ley”.

Y añade que “si la violación resultare reiterada, se duplicarán los montos de las multas y se dispondrá la clausura definitiva de la instalación comercial”.


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