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13 de mayo de 2021
REVES PARA LOS SINDICATOS

La Justicia avaló las clases presenciales en Mar del Plata

El gremio docente UDOCBA había presentdo una cautelar, asegurando que los indicadores epidemiológicos y sanitarios son preocupantes. El Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1, a cargo de Simón Isaach, lo desestimó.

La Justicia avaló las clases presenciales en Mar del Plata
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El Juzgado en lo Contencioso y Administrativo N° 1 de Mar del Plata rechazó la medida cautelar presentada por la Unión de Docentes de la provincia de Buenos Aires (UDOCBA), en la que le solicitaba al Gobierno provincial que suspenda la presencialidad en colegios de General Pueyrredón.

Según informó la organización Padres Organizados, el juez Simón Isacch desestimó los argumentos presentados por los represetantes del grmio, con lo que avaló la continuidad de las clases presenciales en establecimientos educativos de La Feliz.

En su fallo, el magistrado sostiene que “si bien el fundamento está dirigido a cuestionar el encuadramiento en una fase determinada, el objetivo final que persigue es lograr que se suspenda la presencialidad en los establecimientos educativos”, y explicó que “aún cuando no se comparta el criterio sobre cuál es el estamento jurisdiccional que debe prevalecer para el ejercicio de estas facultades concurrentes, lo cierto es que la postura que invoca la accionante no llega al umbral que le permita darle verosimilitud al argumento que trae en su apoyo”.

Además, consideró que las decisiones de la Provincia que se cuestionan por parte del gremio “responden a una adecuada y permanente evaluación de la situación sanitaria conforme lo establecido por el artículo 5 de la mencionada Resolución 1555/2021”.

“Considero que la falta de acogimiento de la pretensión cautelar destinada a impedir la presencialidad en las escuelas del Partido de General Pueyrredon no puede interpretarse como un desapego del suscripto al derecho a la salud en función del cual se acciona“, agregó el juez Isacch.

UDOCBA había solicitado la suspensión de clases presenciales y actividades educativas no escolares presenciales en todos los niveles y modalidades de enseñanza, hasta que se estabilice el sistema de salud y mejoren los indicadores epidemiológicos.

El gremio se había amparado en el el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 287/2021, que establece la suspensión de clases presenciales en los aglomerados urbanos, departamentos o partidos que se encuentren en situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria durante la vigencia del mismo.

En el caso concreto de General Pueyrredón, el sindicato que conduce Miguel Díaz mencionó que existe “un número extremadamente alto de casos”, y que los indicadores epidemiológicos y sanitarios de alarma “hacen imperioso prevenir la saturación del sistema de salud”.
 

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