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A dónde irán las Letras: cuáles son los cambios que implementó provincia

El gobierno provincial dio luz verde a la modificación del decreto que contempla la posibilidad de colocación de Letras de Tesorería sólo en la Administración Pública

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El gobierno provincial dio luz verde a la modificación del decreto que contempla la posibilidad de colocación de Letras de Tesorería sólo en la Administración Pública, excluyendo al resto de los actores del Sector Público Provincial No Financiero que se establecen en el artículo 8° de la Ley N° 13.767 y sus modificatorias, es decir, a las empresas y sociedades del Estado provincial y a los fondos fiduciarios, integrados total o mayoritariamente con bienes y/o fondos del Estado Provincial.

De esta manera, se dejó en claro “que es responsabilidad del Estado Provincial procurar el mejor aprovechamiento de los recursos públicos, propendiendo a una adecuada articulación y armonización de la creciente diversidad de las actividades estatales en sociedades o empresas estatales y fideicomisos, a efectos de cumplimentar sus objetivos con mayor eficiencia”.

Esta reconfiguración progresiva, reglamenta la posibilidad de utilizar las Letras de Tesorería de manera acorde, renovando su sentido y fortaleciendo las capacidades del Estado Provincial y el aprovechamiento de sus recursos. De esta manera, a fin de dar cumplimiento a dichos cometidos corresponde promover una mejor aplicación de aquellos recursos públicos no utilizados temporalmente, resultando entonces oportuno incorporar la posibilidad de colocación de Letras de Tesorería en las entidades de los incisos b) y c) del artículo 8° de la Ley N° 13.767 y sus modificatorias que comprende:

Administración pública provincial, conformada por:

- La administración central; y las entidades descentralizadas;
-Empresas y sociedades del Estado provincial que abarca a las empresas públicas, las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, las sociedades de economía mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado provincial tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias.

Esta incorporación debe contemplar las características propias de fideicomisos y sociedades en que el Estado tiene capacidad de decisión, que conjugan elementos propios del derecho público y del derecho privado, y tienen instrucciones expresas sobre el destino de sus fondos. En consecuencia, a efectos de compatibilizar dichas particularidades con las inherentes a los instrumentos en trato, se propicia efectuar las modificaciones necesarias en aras de optimizar las previsiones de caja del conjunto de los actores involucrados, abarcando la previsión de un rendimiento positivo para las Letras referidas.

De esta manera se estableció con la firma del gobernador Axel Kicillof y el ministro Pablo López, que “El Ministro de Hacienda y Finanzas, a través de la Tesorería General de la Provincia podrá emitir Letras de Tesorería a ser colocadas en el Sector Público Provincial. Dicha operación no afectará el destino presupuestario de los fondos”.

 

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