Argentina
Sábado, 27 abril 2024
A LAS URNAS
11 de agosto de 2023

Guía práctica para votar en las PASO 2023: todo lo que hay que saber

La Dirección Nacional Electoral difundió un completo dossier para despejar dudas acerca de las internas. Qué se elige, documentos para votar, exceptuados y asistidos y otras incógnitas.

Guía práctica para votar en las PASO 2023: todo lo que hay que saber - La Tecla
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Guía práctica para votar en las PASO 2023: todo lo que hay que saber - La Tecla
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El próximo domingo 13 de agosto tendrán lugar las PASO 2023, donde la ciudadanía elige a las fuerzas políticas y las candidaturas que participarán en la elección general del 22 de octubre.

¿Qué se elige?

Las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (P.A.S.O.) son elecciones nacionales donde la ciudadanía elige a las fuerzas políticas y las candidaturas que participarán en la elección general.

En el caso puntual de la provincia de Buenos Aires también se elegirán 3 Senadores/as nacionales, 35 Diputados/as y 1 Parlamentario/a del Mercosur.

Guía práctica para votar en las PASO 2023: todo lo que hay que saber

¿Qué provincias tienen elecciones el mismo día que la elección nacional? 

Argentina es un país federal. Es por ello que cada provincia decide cómo, cuándo y de qué forma elige a sus representantes y cómo están conformados sus poderes. Los distritos de Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Catamarca, Entre Ríos y Santa Cruz celebran elecciones provinciales y/o locales el 13 de agosto y el 22 de noviembre.

¿Qué cantidad de personas están habilitadas para votar? 

Un total de 35.405.013 personas están habilitadas para sufragar este año. 

Documentos válidos para votar

Se vota con el documento que figura en el padrón electoral, o con una versión posterior del mismo. Los documentos válidos para votar son: libreta de enrolamiento  y libreta cívica; DNI libreta verde y celeste y DNI tarjeta (incluso el que dice “no válido para votar” y sin especificación de ejemplar)

Aclaración: el DNI en el celular y la constancia de DNI en trámite o extravío NO son documentos válidos para votar.

¿Desde qué edad se puede votar? 

El Código Nacional Electoral establece que son electores las y los argentinos nativos y por opción, desde los 16 años, y las y los argentinos naturalizados, desde los 18 años, siempre y cuando no tengan ninguna inhabilitación. 

En el marco de la Ley de Voto Joven (26.774), en 2023 podrán votar quienes cumplan 16 años hasta el 22 de octubre inclusive, es decir, hasta el día de la elección general. 

El voto es obligatorio para todas las personas. Sin embargo, quienes tengan entre 15 y 17 años, y no voten, no integrarán el Registro Nacional de Infractores. 

Guía práctica para votar en las PASO 2023: todo lo que hay que saber

¿Quiénes pueden votar? 

Son electores las argentinas y argentinos nativos y por opción, desde los 16 años, y las argentinas y argentinos naturalizados, desde los 18 años, que no se encuentren legalmente inhabilitados. Están habilitados para votar aquellos electores incluidos en el padrón electoral.

¿Quién y cómo se realiza el padrón electoral? 

El padrón de electores se confecciona a partir de los datos del Registro Nacional de Electores, que está compuesto por cuatro sub registros: 

• Electores por distrito 
• Electores inhabilitados y excluidos 
• Electores residentes en el exterior 
• Electores privados de la libertad 

El Registro Nacional de Electores es organizado por la Cámara Nacional Electoral. Contiene los datos de todas las electoras y electores del país con información proporcionada por el Registro Nacional de las Personas; se organiza por distrito y tiene un carácter público. 

El Registro se actualiza permanentemente para incluir a los nuevos electores, asentar los cambios de domicilio y excluir a los electores fallecidos.

¿Qué pasa si un ciudadano/a no vota? 

Si es mayor de 18 años y menor de 70, y no puede justificar ante la Justicia Nacional Electoral por qué no emitió su voto, le corresponde una multa económica y se lo incorporará en el Registro de Infractores al Deber de Votar. 

Además, no podrá ser designada o designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección. Quien no pague la multa no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales, nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año. 

Guía práctica para votar en las PASO 2023: todo lo que hay que saber

¿Qué tiene que hacer? 

Si tiene entre 18 y 70 años y no asistió a votar el día de la elección, tiene que justificar la ausencia ante la Secretaría Electoral del Juzgado Federal del distrito que corresponda, dentro de los 60 días posteriores a las elecciones.

¿En qué casos una persona está exceptuada de asistir a votar? 

• Si el día de los comicios se encuentra a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde tiene que votar, y justifica ante la autoridad policial más próxima que esa situación obedece a motivos razonables. 
• Enfermedad o imposibilidad de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas ante médicos del servicio de sanidad nacional. 
• Si la persona es parte de un organismo o empresa de servicios públicos y por razones relacionadas con el cumplimiento de funciones está impedido de asistir a votar. 
• Si es juez o auxiliar y por disposición del Código Electoral Nacional, tiene que asistir a su oficina y mantenerla abierta durante los comicios. 
¿Se puede votar si no se votó en las últimas elecciones? Sí, todos los electoras/es que figuren en el padrón electoral pueden concurrir a votar. Las elecciones P.A.S.O. son de carácter obligatorio para todas y todos los electores que figuren en el padrón. 

Voto de las personas migrantes 

Los migrantes residentes en la Argentina tienen derecho a votar para cargos provinciales y/o municipales, de acuerdo al domicilio que figura en su DNI. Para saber dónde votan, las personas migrantes deben consultar el padrón de extranjeros en la página del organismo electoral de la provincia donde tengan el domicilio.

VOTO ACCESIBLE

¿Qué es el Cuarto Oscuro Accesible? 


Cada establecimiento de votación cuenta con un Cuarto Oscuro Accesible (COA), en el que podrán votar, por propia opción, las y los electores registrados en otras mesas que presenten alguna discapacidad o limitación -permanente o transitoria-, como así también adultos mayores, mujeres embarazadas y/o personas con niñas o niños en brazos. 

¿Pueden pedir prioridad para votar? 

Sí. Tienen prioridad de voto las personas con discapacidad o con limitaciones en su movilidad, su visión o su audición, como así también las y los adultos mayores, mujeres embarazadas y personas con niñas o niños en brazos.

¿Qué es el voto asistido? 

Estas personas pueden solicitar la asistencia de la autoridad de la mesa o de una persona de confianza, que deberá acreditar su identidad. 

Esa persona puede ingresar al cuarto oscuro para ayudarla a votar.


LOGÍSTICA DE LA ELECCIÓN

¿Cuántas mesas se habilitaron para estas elecciones? 

Se habilitaron más de 104.530 mesas que se encuentran distribuidas a lo largo del país. 

¿Cuál es la diferencia entre el escrutinio provisorio y el definitivo? 

El escrutinio provisorio es el que se hace el mismo día de la elección a partir de los resultados informados por las autoridades de mesa a la Dirección Nacional Electoral mediante un telegrama, confeccionado por la o el presidente de mesa, que contiene todos los detalles de los votos contados en la mesa. 

Este telegrama, que lleva la firma de las y los fiscales de las agrupaciones intervinientes, se entrega al personal del Correo Argentino, que lo transmite a la Justicia Electoral y a la Dirección Nacional Electoral, para la totalización y difusión de los resultados preliminares de la elección. 

En tanto, el escrutinio definitivo, que está a cargo de la Justicia Nacional Electoral, y comienza 48 horas después de la finalización de las elecciones, se realiza a partir de las Actas de Escrutinio de cada mesa, y es el que produce los resultados finales de la elección, a partir de los cuales se distribuyen los cargos en juego.

¿Cómo es el proceso de transmisión de telegramas y recuento de resultados en el escrutinio provisorio? 

Para el recuento provisional, la transmisión de los telegramas se realiza desde los establecimientos de votación y sucursales del correo argentino - en presencia de los fiscales partidarios - hasta los centros de procesamiento de datos ubicados en las sedes del Correo Argentino del barrio de Barracas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la localidad bonaerense de Monte Grande.

Guía práctica para votar en las PASO 2023: todo lo que hay que saber

Proceso de transmisión – A cargo de Correo Argentino 

Comprende el escaneo de telegramas desde los establecimientos de votación o desde las Sucursales Electorales Digitales, para su posterior transmisión al Centro de Procesamiento de Datos. Desde este último punto, la información de los telegramas es procesada en la siguiente etapa, que es la de recuento. 

Proceso de recuento – A cargo de la empresa Indra 

Comprende la digitación de telegramas, para la posterior totalización y publicación de los resultados electorales.

Los documentos digitales y metadatos de los telegramas, provenientes del Centro de Datos de Correo Argentino, son enviados a Indra para la carga en su Centro de Gestión de Datos para el posterior recuento. 

En esta instancia de digitación, el proceso de carga es doble: dos equipos distintos, que no se comunican entre sí, cargan los datos de cada telegrama. 

Si ambas digitaciones coinciden, el telegrama ingresa automáticamente en el centro de datos que totaliza y alimenta el sitio oficial donde se publican los resultados provisorios. 

En el caso de que haya diferencias entre las dos primeras cargas, el telegrama pasa un tercer digitador. Si hay coincidencia con alguna de las digitaciones anteriores se totaliza. 

En caso de continuar con diferencias, el telegrama pasa a la mesa de incidencia de datos.

CONSULTA DE RESULTADOS

Los resultados del recuento provisorio se publican en la web oficial www.resultados.gob.ar 
Este escrutinio no tiene validez legal. Solo sirve para informar a la ciudadanía. 

El escrutinio definitivo lo realiza la Justicia Nacional Electoral y comienza a las 72 horas de finalizada la elección. 

En este proceso electoral, al tratarse de Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, la difusión del recuento puede demorar debido a la cantidad de listas internas de cada agrupación y las categorías a elegir por distrito. Por ejemplo, tan solo en la categoría presidente y vicepresidente se presentan 27 precandidaturas.

* Con información de la Dirección Nacional Electoral.
 

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