Argentina
Lunes, 29 abril 2024
CONTROL
22 de junio de 2023

Las razones de la Junta Electoral para rechazar la impugnación del sciolismo al reglamento

El sector había cuestionado el mecanismo para conformar las listas luego de las PASO. También presentaron el requerimiento ante la Justicia Electoral. El órgano también recibe hoy los avales.

Las razones de la Junta Electoral para rechazar la impugnación del sciolismo al reglamento - La Tecla
Las razones de la Junta Electoral para rechazar la impugnación del sciolismo al reglamento - La Tecla
Las razones de la Junta Electoral para rechazar la impugnación del sciolismo al reglamento - La Tecla

La Junta Electoral de la alianza Unión por la Patria provincial se reunió hoy en La Plata para recibir los avales de las diferentes listas que aspiran a competir en las PASO de agosto de la provincia de Buenos Aires. 

Así, desde pasadas las 10 se acercaron a la sede del PJ provincial los apoderados de las distintas listas que competirán en los 135 distritos bonaerenses.

Cerca del mediodía, el órgano partidario resolvió rechazar la impugnación al reglamento de la alianza presentado por el sector que comandan el precandidato a Presidente y la aspirante a Gobernador provincial, Daniel Scioli y Victoria Tolosa Paz.

Como informó La Tecla.info, el sciolismo también hizo la presentación ante la Justicia Electoral de la Provincia, impugnando la cláusula décima del Acta Constitutiva de la alianza electoral.

En el texto, asegura que la misma “prevé un mecanismo de asignación de posiciones en las listas de precandidatos a diputados y senadores provinciales y concejales titulares y suplentes que vulnera el derecho de representación de las minorías", consagrado en la Constitución Nacional. 

Las razones de la Junta Electoral para rechazar la impugnación del sciolismo al reglamento

En tal sentido, explicaron que dicha cláusula dispone que “se otorgará a la minoría el 7° u 8° lugar y el 12° o 13° lugar (según la sección electoral que corresponda)”, aclarando que “esto será así aún en el caso de existir una diferencia de un voto entre la minoría y la mayoría”.

Al respecto, consideraron que “Esta forma arbitraria e irrazonable de establecer la forma de integración de las listas provinciales impide que las minorías puedan acceder al derecho a la representación constitucionalmente protegido”.

Además, agregaron que si se tomaran los resultados obtenidos por el Frente de Todos en 2019, “prácticamente la totalidad de los legisladores provinciales pertenecerían a la lista que obtuvo la mayoría en las PASO. En efecto, solo 2 diputados pertenecerían a los precandidatos a diputados presentados por la minoría (uno de la primera y uno de la cuarta), y únicamente un senador por la tercera sección”.

“Es decir, de 36 legisladores provinciales totales, la minoría solo obtendría 3 (el 8% del total), lo que se cristalizaría cuando hubiese sacado 30% o más de los votos totales obtenidos por la alianza. Esta es una situación desproporcionada, injusta e inconstitucional”, señalaron.

Tras finalizar la reunión en la sede del PJ Bonaerense, la Junta Electoral de Unión por la Patria decidió rechazar el pedido de Daniel Scioli y emitieron un comunicado para explicar los motivos de esta decisión.

Luego de que los partidos mayoritarios de la coalición (Partido Justicialista, Frente Renovador, Kolina, Nuevo encuentro por la democracia y la equidad, Frente Grande y Partido para la victoria) decidieran facilitarle los avales correspondientes para poder competir en las PASO del 13 de agosto, el planteo del embajador de Brasil quedó abstracto y no queda ninguna traba para poder disputar la interna.

Otro de los dictámenes que lanzó la junta electoral de Unión por la Patria es rechazar el planteo que realizaron Daniel Scioli y Victoria Tolosa Paz, que acusaban no respetar el derecho de las minorías en el reparto de lugares en las listas de diputados y senadores provinciales.

Las razones de la Junta Electoral para rechazar la impugnación del sciolismo al reglamento

La Junta Electoral de la nueva coalición emitió otro dictamen donde expresó: “La ley no es imperativa en cuanto al régimen electoral de las mayorías y/o minorías, proporcional o mixto, ni a las reglas de la mecánica electoral, que quedan reservadas a la carta orgánica por el principio de la autonomía partidaria. Por ello, serán en la forma en que lo establezca cada partido”.

Además, la Junta electoral bonaerense de UxP estableció que "la integración de las minorías se realizará una vez celebradas las elecciones PASO y finalizado el escrutinio”.



Calle 44 Num. 372 La Plata, Buenos Aires. Argentina
+54 (0221) 4273709
Copyright 2024 La Tecla
Todos los derechos reservados
By Serga.NET