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14 de noviembre de 2022
REQUISITOS

Entró en vigencia el programa de asistencia a pequeños productores de soja y maíz

Se trata del "Programa de Compensación para Pequeños Productores de Soja y Maíz", que se financiará con los fondos provenientes del Fondo de Incremento Exportador creado en septiembre último.

Entró en vigencia el programa de asistencia a pequeños productores de soja y maíz
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El Ministerio de Economía lanzó oficialmente hoy un programa de asistencia para pequeños y medianos productores de soja y maíz y estableció las condiciones para acceder al beneficio, que cuenta con un presupuesto de hasta $15.000 millones.

La iniciativa entró en vigencia a partir de la Resolución 862/2022, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

El Programa fue creado en el ámbito de la Secretaría de Agricultura y, según lo dispuesto, podrán ser beneficiarios todos aquellos productores de soja y/o maíz que cumplan con los siguientes requisitos:

-- Estar inscriptos en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA).
-- Haber declarado en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA), hasta el día 30 de septiembre de 2022 inclusive, para la campaña 2021/2022 una superficie destinada a cultivo de soja de hasta 400 hectáreas, y/o una superficie destinada a cultivo de maíz de hasta 100 hectáreas.
-- No haber realizado ventas de soja entre el 5 y el 30 de septiembre de 2022, ni ventas de soja en los términos la Resolución 43 de la Secretaría de Agricultura del del 26 de septiembre último.
-- No contar con stock/existencias de soja al 30 de septiembre de 2022 inclusive.

El beneficio a percibir por cada productor de soja y/o maíz será de hasta un monto de $ 6.500 por hectárea de soja declarada y de $ 20.000 por hectárea de maíz.

Además, el Programa podrá destinar hasta $15.000 millones a los beneficios establecidos por la Resolución, sujeta a disponibilidad presupuestaria de la Secretaría de Agricultura.

El monto de los beneficios será efectivizado durante el transcurso de diciembre de 2022 mediante transferencia bancaria a las Claves Bancarias Uniformes (CBU) declaradas por los productores, según el texto oficial.

Los productores interesados en recibir el beneficio deberán, entre otras cuestiones:

-- Tener presentado en estado "Confirmado" en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA) la información correspondiente a su stock/existencias.
-- Solicitar expresamente el beneficio en el marco del Programa, por medio de la página web de la AFIP.
-- Autorizar a la AFIP a suministrar a la Autoridad de Aplicación (Secretaría de Agricultura) la información correspondiente.

Economía justificó la creación de este nuevo Programa al señalar que existe un segmento de pequeños y medianos productores "que, habiendo comercializado su producción de soja con anterioridad a la implementación del sistema implementado por el referido Decreto N° 576/2022, contribuyendo de esa forma de manera indirecta a la generación de ingresos genuinos al Estado Nacional, se han visto impedidos de acceder a los beneficios que el Programa de Incremento Exportador".

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