Argentina
Jueves, 28 marzo 2024
17 de abril de 2021

Una intimación oficial deja abierta la posibilidad de sanciones a colegios que abran sus puertas

La cartera de Educación bonaerense advirtió al colegio Esseri de La Plata que si desobedece el decreto presidencial de suspender las clases presenciales por 15 días es pasible de sanciones, que hasta podrían llegar a la pérdida de matrícula

Una intimación oficial deja abierta la posibilidad de sanciones a colegios que abran sus puertas - La Tecla

A través de la Dirección de Enseñanza de Gestión Privada  y la Dirección Provincial de Legal y Técnica, la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia tomó intervención tras la postura pública del Colegio Esseri de La Plata, que comunicó que el lunes abriría sus puertas pese al decreto de la Presidencia de la Nación, por el cual se suspenden las clases presenciales en el AMBA por dos semanas a partir del lunes.

Frente al conocimiento de la postura expresada por la institución en medios de comunicación, la Provincia intimó al colegio a dar cumplimiento a la normativa vigente y desistir de la apertura para el dictado de clases presenciales, pautada para el día el 19 de abril de 2021. 

De todos modos, desde la cartera educativa aclararon que “hasta el momento no se ha recibido ninguna notificación formal relativa a este caso por fuera de las declaraciones” mediáticas.  Igualmente se le hizo saber a la Representante legal de la Institución, “que la convocatoria realizada carece de sustento legal alguno, transgrediendo la normativa vigente conforme lo establece la Ley Provincial de Educación N° 13.688”. 

Es allí donde el Gobierno bonaerense advierte las posibles sanciones en caso de incumplimiento. La Ley dicta que “los establecimientos educativos de gestión estatal y privada conforman el Sistema Educativo Provincial y en este sentido, todas las instituciones educativas de la Provincia, sean  de gestión estatal o privada, se deben enmarcar en los mismos principios, garantías, fines y objetivos y están sujetas al reconocimiento, habilitación y supervisión de las autoridades educativas (Art 128 de la  mencionada ley)”, dice la comunicación de la Dirección de Cultura y educación.  

Las sanciones a las que pueden quedar sujetos aquellos establecimientos que incumplan con la norma van desde el apercibimiento y multas hasta  “la cancelación de autorizaciones definidas en la normativa vigente, previa a una actuación sumarial encabezada por la Auditoría General”. Es decir que el colegio podría llegar a perder la matrícula.
  
“El marco normal legal vigente que define la suspensión por dos semanas de las clases presenciales en los distritos que se encuentran en alto riesgo epidemiológico, como La Plata, es taxativo. Está definido por el decreto nacional que la provincia adhirió basándose en los datos que arrojan las evaluaciones de riesgo epidemiológico y la imperiosa necesidad de disminuir la circulación en la vía pública para mitigar la propagación del virus en distritos gravemente afectados por el COVID 19”, aseguran desde la cartera educativa bonaerense. 
 

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