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Jueves, 28 marzo 2024
INFORME
26 de octubre de 2020

A la espera de definiciones de Provincia, la costa se prepara para la apertura a propietarios no residentes

Desde el domingo comienza a regir la nueva normativa que flexibiliza las condiciones de acceso. Qué se pide actualmente en los principales destinos

A la espera de definiciones de Provincia, la costa se prepara para la apertura a propietarios no residentes - La Tecla

Sin una línea unificada desde Provincia, en los siete meses que transcurrieron desde el inicio de las restricciones a la circulación de personas por la pandemia de coronavirus, los distritos de la Costa Atlántica implementaron sus propias condiciones para permitir el ingreso de personas, ya sea por causas de fuerza mayor, con motivos laborales o para propietarios no residentes.

Tras los recientes anuncios del gobernador Kicillof y en vista a la preparación de cara a la temporada estival, desde el próximo 1 de noviembre se unificará el criterio con los dueños no residentes, quienes quedarán autorizados para circular por la provincia e ingresar a los destinos balnearios. Recién el 1 de diciembre la habilitación se extenderá a los turistas en general.

A seis días de ese momento, desde los gobiernos municipales se aguardan precisiones de la administración provincial sobre el protocolo a implementar como así también los requisitos para el acceso. Uno de los elementos que genera confusión es el rol de la aplicación Cuidar Verano y su obligatoriedad, como así también la documentación a presentar por el solicitante para justificar su condición.

Por lo pronto, todos los distritos cuentan con algún sistema vía web para tramitar los actuales permisos, por lo que de no haber un sistema centralizado –se estima que el Cuidar Verano podría cumplir ese rol-, se canalizaría por ese medio.

¿Cuáles son los requisitos actuales en los municipios costeros y qué contempla cada uno para los propietarios no residentes? Los principales casos:

General Pueyrredón

En el distrito que tiene como cabecera a Mar del Plata se implementa una Solicitud de Ingreso por fuerza mayor para no residentes, que consta de un formulario que debe ser llenado vía web al menos 96 horas antes del momento pretendido de acceso.

Se considera como caso de fuerza mayor emergencias, turnos médicos, situaciones imprevistas y trámites impostergables, tratamientos médicos prolongados, padres separados para traslado de hijos de un domicilio a otros y asistencia a familiares, adultos mayores, menores o discapacitados.

En el formulario se debe adjuntar información respaldatoria, la cual es analizada por la Secretaría de Gobierno, quien tiene la potestad de autorizar o no el ingreso. En caso de otorgarse el permiso, el mismo debe ser presentado a las autoridades en los retenes montados en los accesos al partido.

En tanto, también se implementa un permiso de ingreso a trabajadores no residentes, debido a que el Puerto y otras actividades demandan mano de obra de afuera de la ciudad. En ese caso, el permiso se tramita ante la Secretaría de Desarrollo Productivo mediante un correo electrónico.

En términos formales no está permitido el acceso de propietarios no residentes que quieran acudir a sus domicilios ya sea para constatar el estado de los inmuebles, realizar refacciones, como tampoco para realizar trámites vinculados a alquileres o ventas. Sin embargo, en los hechos la situación está flexibilizada y en las últimas semanas se puede observar el ingreso de este tipo de propietarios.
 

 
Necochea

Ante el aumento de casos, desde el 30 de julio se endurecieron los controles de acceso para quienes no tengan domicilio en el distrito. Quieren quieran ingresar deben justificar razones de fuerza mayor y pertenecer a actividades esenciales, previa una autorización vía mail a solicitudingresonecochea@gmail.com

Como respuesta, se envía un formulario que se debe completar y volver a enviar. Luego, esa información es analizada por el Municipio, que responderá si se habilita el ingreso o no. El pedido debe realizarse con una anticipación de 24 horas al momento del acceso y justificado por una casusa de fuerza mayor.

Por el momento, no está permitido el acceso a no residentes.


Villa Gesell

Desde principios de octubre permite el acceso de hasta dos propietarios no residentes por vivienda y solo por un plazo de 24 horas. El ingreso debe ser por urgencia o razones de fuerza mayor y previamente se debe llenar un formulario elaboradora por la Dirección de Control Sanitario, quien verifica que se cumplan los requisitos.

De no mediar inconvenientes, el Municipio envía un mail de confirmación que debe ser exhibido en el único reten de acceso, sobe el Paseo 139. Allí se especifica que “al momento del ingreso autorizado se deberán extremar las medidas de cuidado para disminuir la propagación de contagios de COVID-19”.

 
Pinamar

Desde agosto se permitió el acceso de propietarios no residentes, que en su primer mes registró 3.600 ingresos contra 5 mil pedidos rechazados porque no cumplían con las condiciones.

Quienes desean ingresar deben presentar una declaración jurada sanitaria, contar con un permiso nacional para trasladarse, ser propietario –con documentación que lo acredite- e indicar el tiempo de estadía y finalidad de la misma. Según las estadísticas oficiales, el 80% ingresó para realizar mantenimiento de los hogares, el 5% para realizar transacciones comerciales y el 15% por otros motivos.

El ingreso se puede realizar solamente por el acceso principal a la ciudad balnearia y en horario de 6 a 0 hs, algo de los que están exceptuados los trabajadores esenciales que se desempeñan en Pinamar pero tiene domicilio fuera del partido.
 

 
La Costa

El Municipio autoriza el ingreso máximo de dos personas por grupo por causas de fuerza mayor y con un plazo de permanencia de entre 24 y 72 horas y por razones de fuerza mayor, mediante la realización de un formulario vía web. Las personas autorizadas no pueden circular por la vía pública y deben ingresar con las provisiones e insumos que precisen para su estadía, evitando así que accedan a comercios.

En tanto, también se habilita el ingreso de propietarios no residentes, quienes deben presentar copia de la escritura, del boleto de compraventa o servicio a su nombre.

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