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Lunes, 7 septiembre 2026
Argentina
EN LA PROVINCIA

Freno al nuevo Régimen Penal Juvenil: suspenden por 60 días la baja de imputabilidad

La medida fue dictada por un juzgado de Responsabilidad Juvenil de Lomas de Zamora y alcanza a toda la provincia de Buenos Aires. La jueza advirtió sobre posibles vulneraciones de derechos y cuestionó si existen condiciones suficientes para alojar y asistir a los adolescentes alcanzados por la nueva normativa.

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La puesta en marcha del nuevo Régimen Penal Juvenil sufrió un fuerte revés en la provincia de Buenos Aires. La Justicia de Lomas de Zamora ordenó suspender durante 60 días la aplicación del sistema que permite someter a responsabilidad penal a adolescentes desde los 14 años.

La resolución fue dictada por el Juzgado de Responsabilidad Juvenil N° 2, a cargo de la jueza Marta Elba Pascual, quien puso el foco en las condiciones materiales e institucionales con las que cuenta el Estado bonaerense para implementar la nueva legislación.

En su fallo, la magistrada planteó que antes de ampliar el universo de adolescentes que pueden quedar privados de su libertad debe determinarse si están dadas las condiciones necesarias para garantizar sus derechos fundamentales.

Uno de los principales cuestionamientos pasa por la capacidad del sistema para absorber una eventual suba en la cantidad de jóvenes detenidos. En ese sentido, la jueza advirtió que la aplicación del nuevo esquema podría generar un incremento en las detenciones y prisiones preventivas, incluso antes de que pueda dimensionarse el impacto total de la reforma.

Freno al nuevo Régimen Penal Juvenil: suspenden por 60 días la baja de imputabilidad

La resolución puso especial énfasis en la necesidad de contar con establecimientos adecuados, personal especializado y recursos suficientes para cumplir con los estándares constitucionales y de derechos humanos que deben regir cualquier medida de privación de la libertad durante la adolescencia.

En el fallo, la jueza de Lomas de Zamora dio detalles de por qué avanzó con esta medida: “Debo ser enfática en esto, pues la experiencia en el ámbito de la judicatura especializada me lo aconsejan: no respetar las condiciones mínimas de los derechos de los adolescentes detenidos tiene consecuencias futuras no deseadas para la propia sociedad”.

Y añadió: “Hacinar 'menores', tarde o temprano incrementa los niveles de inseguridad y violencia. Como operadora del sistema penal juvenil, asumo la responsabilidad que me compete no sólo en la afectación de las garantías de los adolescentes en conflicto de la ley penal, sino también en preservar los intereses de la comunidad a la que deben regresar los jóvenes una vez cumplida la medida”.

“Aunque intuitivamente parezca que nada mejora más la pacificación social que la severidad del castigo, las condiciones de encierro determinan los niveles de violencia con los que egresaran esas personas en desarrollo una vez que hayan cumplido con su condena, tal vez como adultos”, sostuvo la jueza.

También recalcó que “resultaría contradictorio rechazar la medida cautelar en análisis y mantener la prohibición de ingreso de una mayor cantidad de detenidos al Centro Socioeducativo para la Privación de la Libertad de Lomas de Zamora”.

“En síntesis, resulta evidente que el estado de situación actual de los dispositivos de privación de la libertad provincial -entre ellos, el que tiene asiento en este departamento- no permite al día de la fecha recibir una mayor cantidad de adolescentes, con la complejidad que además puede implicar la incorporación de sujetos de otras franjas de edad y diferente etapa de desarrollo, al menos sin afectar sus derechos fundamentales y agravar su estado de vulnerabilidad que generalmente se constata al momento de su ingreso al sistema”, aseguró en el fallo.


De esta manera, la Justicia busca determinar si el Estado puede incorporar a nuevos adolescentes al sistema penal sin haber garantizado previamente la infraestructura y los equipos profesionales necesarios para su atención.

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Qué establece el nuevo régimen

El nuevo sistema fue establecido por la Ley 27.801, sancionada por el Congreso y publicada en el Boletín Oficial el pasado 9 de marzo. La normativa fijó en 14 años la edad a partir de la cual los adolescentes pueden quedar comprendidos dentro del régimen de responsabilidad penal juvenil. El nuevo régimen fue reglamentado hoy a nivel nacional y la justicia bonaerense le puso un freno por 60 días. Ya había recibido varias críticas desde la iglesia.

La ley contempló un período de 180 días antes de su entrada en vigencia. Posteriormente, el Gobierno nacional avanzó con su reglamentación a través del Decreto 875/2026, firmado el 4 de septiembre, que estableció al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación en el ámbito nacional y federal.

El objetivo declarado de la reforma es que los adolescentes comprendan las consecuencias de sus conductas y puedan avanzar en procesos de educación, resocialización e integración social. Para eso, establece distintas respuestas según la gravedad del delito y las características particulares de cada caso.

Entre las herramientas previstas figuran las amonestaciones, las restricciones de circulación o contacto, la realización de tareas comunitarias, la reparación del daño ocasionado y el monitoreo electrónico.

La normativa también contempla la posibilidad de imponer penas de prisión en determinados casos. Sin embargo, establece un límite específico: no podrán aplicarse penas de prisión o reclusión perpetua a los adolescentes y la condena máxima será de 15 años.

Ahora, el fallo de la Justicia de Lomas de Zamora abre un interrogante sobre la implementación efectiva del nuevo esquema en territorio bonaerense y pone bajo la lupa la capacidad de la Provincia para afrontar el eventual crecimiento de la población adolescente sometida al sistema penal.
 

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