La Corte Suprema de Justicia de la provincia de Buenos Aires, hizo lugar a una demanda en la causa A. 76.096, 'Caselles, Ezequiel Pedro y otros c/ Aguas Bonaerenses S.A. y otros s/ Amparo', para que los niveles de arsénico permitidos en el agua potable sean de 10 microgramos por litro, contrario a lo que pretendía la empresa ABSA, que sea de 50 microgramos por litro. |