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Jueves, 18 abril 2024
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29 de septiembre de 2022

Corrupción: ex intendente de la Cuarta y su secretario, absueltos

Luego que la fiscalía solicitara penas condenatorias quince días atrás, este jueves el Juzgado Correccional N°2 de Trenque Lauquen absolvió a los dos imputados. 

Corrupción: ex intendente de la Cuarta y su secretario, absueltos - La Tecla

Tras una larga postergación por problemas de salud, esta semana comenzó el juicio contra el exintendente de Hipólito Yrigoyen, Enrique Tkacik, quien gobernó ese distrito desde 1995 hasta 2015.
 
A Tkacik se lo acusó de otorgarse a sí mismo en los años 2006 y 2007, haciendo uso de sus facultades como jefe comunal, beneficios económicos, franquicias y estudios ambientales, para instalar su propia empresa de aceites esenciales en el parque industrial local, a través de la firma de varios decretos y expedientes.

Otro de los imputados en la causa fue el ex Secretario General de Gobierno y Hacienda, Luis Ángel Pérez, quien acompañó con su rúbrica todos los expedientes.

En diálogo con La Tecla hace quince días, Tkacik emitió pocas palabras por recomendación de su abogado pero confirmó que estaba “tranquilo, muy tranquilo”, dado que su imputación se debió a “un error administrativo”.

Finalmente, este jueves el Juzgado Correccional N°2 de Trenque Lauquen, a cargo del juez Hernán Crespo, dio lectura al veredicto del juicio contra el exintendente y su secretario de Gobierno.

El resultado fue absolutorio, pese a que a mediados de septiembre la fiscalía solicitó penas condenatorias para ambos, entre las que se recomendaron 1 a 6 años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer la función pública, una figura enmarcada en el artículo 265 del Código Penal.

"Estoy muy contento porque realmente se hizo justicia", detalló en comunicación con este medio Luis Ángel Pérez.

Se trató de un juicio con pocos testigos presenciales para responder los cuestionamientos de las partes, ya que la mayor prueba aportada fue de carácter documental.

No obstante, a partir de ahora la parte acusadora tiene la posibilidad de apelar el fallo, dando lugar a una revisión de las pruebas y los testimonios.

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