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Viernes, 26 julio 2024
Argentina
6 de junio de 2021
LA TECLA MAR DEL PLATA

Es ley el cambio de alícuotas de Impuesto a las Ganancias para empresas

Las disposiciones de esta ley son de aplicación para los ejercicios fiscales iniciados a partir del 1 de enero de 2021.

Es ley el cambio de alícuotas de Impuesto a las Ganancias para empresas
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Vía La Tecla Mar del Plata
 

La Cámara de Senadores de la Nación aprobó, por 36 votos a favor y 26 en contra, la Ley N° 27.360 que dispone un cambio importante en la liquidación del Impuesto a las Ganancias para empresas y de esta manera viene a revertir definitivamente la reforma tributaria ley N° 27430 del año 2017 en lo que respecta a la carga del gravamen total. Por lo tanto, aquellos contribuyentes con ganancias de hasta $5.000.000 pagarán el 25%, entre $5.000.000 y $50.000.000 pagarán el 30%, y para ganancias superiores a $50.000.000 pagarán el 35%.

Es un esquema un progresivo, similar al utilizado para liquidar el tributo para personas físicas, y así quedo definido:

Ganancia neta acumulada

Pagarán $

Más el %

Sobre el excedente de $

Mas de $

hasta $

-

5.000.000,00

-

25%

-

5.000.000,00

50.000.000,00

1.250.000,00

30%

5.000.000,00

50.000.000,00

en adelante

14.750.000,00

35%

50.000.000,00

* A partir del 1 de enero de 2022 las escalas se actualizarán considerando la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Recordemos que hasta el período fiscal 2020 todos estos contribuyentes tributaban al 30%, en virtud de ello, este esquema permite reducir 5% la alícuota para pequeñas empresas, mantenerla para medianas y aumentar un 5% para grandes empresas. Si tenemos en cuenta que la distribución de dividendos en todos los casos pagará un 7%, la alícuota efectiva sumando los dos conceptos pasa a ser del 30,25%, 34,9% y del 39,55% para tramo.

Es importante destacar que esta nueva ley también incluye beneficios para la incorporación de mujeres, travestis, transexuales y transgéneros designados como directores, miembros de consejos de vigilancia y socios administradores, aumentando los límites de la deducción de sus honorarios contra el resultado impositivo.

Para cerrar, comentamos que las disposiciones de esta ley son de aplicación para los ejercicios fiscales iniciados a partir del 1 de enero de 2021.

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