El gobierno nacional ratificó el aumento del 9% en la tarifa de energía eléctrica para el AMBA, y también que seguirá en su cargo, por ahora, el subsecretario de Energía, Federico Basualdo, a quien el ministro de Economía, Martín Guzmán, le pidió la renuncia. Sin embargo, la decisión fue suspendida por el presidente de la Nación, Alberto Fernández, tras una fuerte resistencia de La Cámpora, organización a la que pertenece el funcionario. Por un lado, Guzmán había pedido la renuncia al funcionario por desacuerdos en cuanto al manejo tarifario. El ministro de Economía quiere dos aumento este año, que totalicen un 15% aproximadamente, pero el funcionario resistió y explicó que solo estaba dispuesto a convalidar una suba, menor al 9%. La ratificación del aumento se dio por el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), a través de las Resoluciones 106 y 107 publicadas en el Boletín Oficial. ¿Cómo quedan las tarifas en la Provincia?Según indicó el gobernador bonaerense días atrás, el aumento de la tarifa final será del 7% a partir del 1 de abril. Además, señalaron que este aumento equivale a recomponer los ingresos de la empresas vía Valor Agregado Transitorio, en la banda del 15%. En ese sentido, determinan el ajuste transitorio del valor agregado de distribución (VAD) e incluyen los valores del Agregado Tarifario. Para el caso de EDEA S.A y el Área Atlántica, el Sobrecosto de Generación Local (SGL) determinado sobre la base de los cálculos realizados por el Organismo de Control de Energía Eléctrica de la provincia de Buenos Aires (OCEBA), resultará el siguiente cuadro tarifario. Mientras que en el área de La Plata, el servicio que presta la empresa EDELAP S.A., queda organizado con el siguiente cuadro tarifario: En cuanto al artículo inicial de la Resolución N° 131/21 de la Secretaría de Energía dependiente del Ministerio de Economía de la Nación y sus modificatorias N° 154/21 y Nº 204/21, se recuerda que la normativa determina establecer una Etapa de Transición tendiente a lograr la sustentabilidad del servicio público de distribución de energía eléctrica a cargo de los distribuidores provinciales y municipales bajo jurisdicción de esta Provincia. Además, se considera el estado de emergencia económica, sanitaria y energética vigente, con la implementación de cuadros tarifarios de transición hasta la normalización tarifaria con la próxima revisión tarifaria integral (RTI 2022-2027). En ese contexto, el gobierno de la provincia de Buenos Aires, estableció que los distribuidores del servicio eléctrico bajo su jurisdicción, no podrán disponer de la suspensión o el corte del suministro de energía eléctrica, mientras se encuentre vigente la emergencia declarada por el Decreto Nº 132/2020, ratificado por la Ley 15.174 y sus prórrogas por los Decretos Nº 771/2020 y 106/2021 y/o las que en el futuro se aprueben. A través del Decreto Nº 194/20 la Provincia de Buenos Aires adhirió al Decreto Nacional Nº 311/2020, conforme la invitación efectuada por su artículo 9°, en lo que resulta de su jurisdicción y competencia propia, donde se estableció que los prestadores de los servicios públicos de distribución de energía eléctrica en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, no podrán disponer la suspensión o el corte del servicio, a los usuarios y usuarias como indica el artículo 3 del Decreto N° 311/2020. Se estableció que si un usuario o una usuaria accediera a un plan de facilidades de pago en las condiciones del artículo 5° se considerará a los efectos del presente, como una factura pagada”. Finalmente, el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, facultó al Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (OCEBA), a determinar las pautas y condiciones para la implementación de las medidas adoptadas. |