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Argentina
9 de octubre de 2018
COYUNTURA

Siguen los rechazos: la FEBA salió al cruce del importe extra en las boletas de gas

La Federación Económica de la Provincia de Buenos Aires cuestionó el ítem dispuesto por el Gobierno para hacer frente a la suba del dólar en los costos de producción en la energía. Dijo que "altera" los precios de los insumos.

Siguen los rechazos: la FEBA salió al cruce del importe extra en las boletas de gas
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La Federación Económica de la Provincia de Buenos Aires manifestó en un comunicado su rechazo al importe extra de gas, que se dividirá en 24 cuotas, como resultado de la suba del dólar que incide en los costos de producción, según anunció el Gobierno.

“Tanto el comercio como la industria bonaerense fijaron sus precios en base entre otros conceptos a las tarifas vigentes al momento de realizar sus procesos económicos tanto la compra venta comercial cuanto la producción industrial”, manifestó la entidad.

La medida generó repercusión, luego que se confirmara un nuevo aumento de la tarifa de gas a partir de octubre de hasta un 35%, ahora se suma este importe extra, autorizado por la Secretaría de Energía. Se pagará en 24 cuotas a partir del 1° de enero.

Las distribuidoras mantenían una deuda con las petroleras: debían pagar el producto al dólar vigente el día del pago, pero estaban haciéndolo a un dólar de $20,34. Las distribuidoras abonan el gas a las petroleras a los 75 días por lo tanto, para abril, se utilizará el tipo de cambio de mediados de junio, cuando es la fecha efectiva de pago.

Javier Iguacel, secretario de Energía de la Nación, defendió ayer la medida en una conferencia de prensa. "No es ilegal", destacó.

El comunicado completo



La FEBA manifiesta su total rechazo al ajuste retroactivo de tarifas que significa alterar los precios de los insumos y costos de nuestros comercios e industrias habiéndose cerrado los procesos económicos en los cuales fueron considerados.

En efecto tanto el comercio como la industria bonaerense fijaron sus precios en base entre otros conceptos a las tarifas vigentes al momento de realizar sus procesos económicos tanto la compra venta comercial cuanto la producción industrial.

Esos hechos económicos se encuentran totalmente concluidos, los precios facturados ya han sido percibidos por los actores económicos que representamos y sería imposible para ellos alterar los contratos comerciales e industriales ya cerrados pretendiendo cobrar a sus clientes la diferencia tarifaria que implica.

Por otra parte el fundamente jurídico que se invoca (ley de convertibilidad 24076) regulaba el sector cuando en la Argentina había tipo de cambio fijo circunstancia que no rige actualmente.

En consecuencia instamos a las autoridades a retrotraer la medida dispuesta y restablecer el cuadro tarifario vigente en un momento en que la recesión económica y la presión tributaria y financiera no permiten afrontar costos adicionales incausados.


 

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