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Domingo, 9 agosto 2026
Argentina
REGLAS DEL CODIGO ELECTORAL

App denuncia campaña electoral anticipada

Una ONG presentó una aplicación en la que usuarios de telefonía celular pueden denunciar a los pre candidatos por promover las campañas electorales antes destiempo estipulado por el Código Electoral.

App denuncia campaña electoral anticipada
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Si bien aún resta poco menos de un año para las elecciones generales, los carteles y pintadas con los nombres de los pre candidatos han invadido la vía pública infringiendo el plazo de 35 días que prevé el Código Nacional Electoral. Ante este este escenario, la ONG Transparencia Electoral lanzó la primera aplicación para celulares en la que se podrá denunciar a los partidos políticos que realizan campaña anticipadas de cara a las elecciones del próximo año.

"Lanzamos esta iniciativa porque nos sorprende que a un año de las elecciones estén todos los candidatos en campaña abierta. Hemos naturalizado esta situación que está al margen de la ley", señaló a La Nación Leandro Querido, director de la ONG Transparencia Electoral.
La app puede descargarse gratuitamente desde el Play Store de Google para celulares con Android con sólo poner en el buscador VotoLimpio. Con este sistema cualquier ciudadano puede, desde su celular, denunciar campaña anticipada y prácticas de competencia desleal.

"Desde Transparencia Electoral queremos procesos electorales equitativos y la campaña anticipada es uno de los elementos que más atentan contra esta concepción", remarca Querido como motor para el desarrollo de la aplicación.

El Código Nacional Electoral en el artículo 64 bis prevé que “la campaña electoral es el conjunto de actividades desarrolladas por las agrupaciones políticas, sus candidatos o terceros, mediante actos de movilización, difusión, publicidad, consulta de opinión y comunicación, presentación de planes y proyectos, debates a los fines de captar la voluntad política del electorado, las que se deberán desarrollar en un clima de tolerancia democrática”.

Además, señala que “las actividades académicas, las conferencias, la realización de simposios, no serán considerados como partes integrantes de la campaña electoral. La campaña electoral se inicia treinta y cinco (35) días antes de la fecha del comicio y finaliza cuarenta y ocho (48) horas antes de su inicio”. La normativa prohíbe “realizar campañas electorales fuera del tiempo establecido por el presente artículo”

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