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Viernes, 28 agosto 2026
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Pilar creó una “ficha limpia” para evitar operaciones de lavado en inversiones locales

La norma, aprobada por el Concejo Deliberante, busca rastrear el origen de los fondos de grandes desarrollos. Empresas y personas investigadas por narcotráfico y lavado no podrán hacer negocios en el distrito. La Libertad Avanza se opuso.

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El Concejo Deliberante de Pilar sancionó el Régimen Municipal de Prevención del Narcotráfico y del Lavado de Activos, una ordenanza que busca impedir que dinero, bienes o patrimonios ligados al narcotráfico ingresen a desarrollos inmobiliarios, negocios u otras operaciones que requieran habilitación, permiso o control municipal.

La norma, presentada como una “ficha limpia de inversiones”, habilita al municipio a indagar el origen de los fondos de cualquier emprendimiento que necesite aprobación comunal. También impide que personas o empresas vinculadas a causas por tráfico de drogas o blanqueo de dinero inviertan en el distrito, incluso si operan a través de sociedades, fideicomisos u otras estructuras jurídicas.

El proyecto se aprobó por mayoría, con el respaldo de Unión por la Patria. Votaron en contra los concejales de La Libertad Avanza presentes —Andrés Genna, María Ratti, Solana Marchesán y Juan Pablo Casañas— en votación nominal. Sebastián Neuspiller y Analía Leguizamón no estaban en el recinto al momento del recuento, por lo que el resultado fue de 18 votos afirmativos y 4 negativos.

Desde el gobierno municipal, que conduce el peronista Federico Achával, afirmaron que Pilar “da un paso firme para decirle no al narcolavado” y que “los narcos no se van a poder instalar” en el distrito porque “el origen de los fondos es importante”.

Pilar creó una “ficha limpia” para evitar operaciones de lavado en inversiones locales
El polémico megadesarrollo en el Km. 46 de la Panamericana.

Antecedente

La ordenanza tiene un antecedente inmediato: la investigación por lavado de dinero que alcanza al abogado Mateo Corvo Dolcet y al fondo Pilar Bicentenario, impulsor de un megadesarrollo inmobiliario en el kilómetro 46 de la Panamericana.

El proyecto se frenó cuando quedó en el centro de una causa por presunto lavado vinculado a un cartel colombiano. Los terrenos fueron puestos en guarda municipal. Allí funcionó un vacunatorio durante la pandemia y, más tarde, oficinas comunales. 

En marzo de 2025 la Justicia desalojó a la Comuna y restituyó el predio al abogado investigado, aunque el expediente sigue abierto. En los últimos días, el abandono del lugar volvió a la agenda mediática y política.

Qué exige la nueva norma

Quienes pidan autorizaciones, habilitaciones o aprobaciones municipales para inversiones deberán presentar una declaración jurada de origen lícito de fondos y de inexistencia de impedimentos. Esa declaración incluirá:
  • Identidad del titular de la inversión
  • Actividad económica declarada
  • Monto del proyecto
  • Origen de los fondos
  • Sociedades, fideicomisos u otras estructuras intervinientes
  • Beneficiario final y personas que ejerzan el control efectivo
  • Existencia de investigaciones o procesos por narcotráfico.

La falta de identificación suficiente del beneficiario final podrá impedir la autorización. Si alguna de las personas beneficiarias está investigada o procesada por delitos vinculados al narcotráfico, el emprendimiento no podrá habilitarse mientras se mantenga esa situación judicial.

El Departamento Ejecutivo podrá aplicar controles reforzados ante inversiones de gran magnitud, desarrollos inmobiliarios, fideicomisos, estructuras societarias complejas, dificultades para identificar al dueño real, inconsistencias entre la actividad declarada y el volumen invertido, fondos de origen no acreditado o participación —directa o indirecta— de personas investigadas o procesadas por narcotráfico.

También se podrán suspender trámites en curso si hace falta verificar el cumplimiento de la ordenanza o detectar impedimentos. Presentar datos falsos, documentación adulterada u ocultar información relevante se considerará incumplimiento grave, sin perjuicio de las acciones administrativas, civiles o penales que correspondan.
 

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