Este lunes se oficializó desde la Provincia cómo deberán utilizarse los fondos del FIM, y se establece en el primer actírulo del Decreto Nº 293/2022 que "los recursos del Fondo de Infraestructura Municipal, en el marco de las disposiciones del artículo 53 de la Ley N° 15.310, deberán ser destinados por los municipios al financiamiento -total o parcial- de obras municipales de infraestructura, conforme artículos 1° y 2° de la Ley N° 6.021 o norma que en el futuro la reemplace". |