Argentina
Viernes, 19 abril 2024
FALLO
19 de abril de 2021

La Corte se declaró competente por las clases presenciales en CABA

Con el voto de cuatro integrantes y uno en disidencia, el máximo tribunal de Justicia aceptó su competencia original. Además, dio 5 días al Gobierno nacional para que aporte pruebas respecto de los planteos realizados por la Ciudad de Buenos Aires en su recurso judicial.

La Corte se declaró competente por las clases presenciales en CABA - La Tecla



La justicia avanzó en la resolución del conflicto planteado en torno a las clases presenciales en la Ciudad de Buenos Aires, al aceptar su competencia originaria en el caso y correr fecha al Gobierno nacional para que conteste y aporte pruebas.

El fallo fue dictado con el voto de los ministros Carlos Rosenkrantz, Carlos Maqueda, Horacio Rossatti y Ricardo Lorenzetti, mientras que Elena Highton de Nolasco se expresó en disidencia, al considerar que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “no es un sujeto aforado a la jurisdicción originaria” del tribunal. 

La mayoría en la SCJN decidió también dejar sin efecto el traslado -notificación- que había ordenado la semana pasada al procurador general del Tesoro, Carlos Zannini, para que interviniera en la cuestión en virtud del artículo 11 de la Ley 25.344, que especifica excepciones en el trámite de amparos y procesos sumarísimos.

Ahora, el gobierno nacional tendrá ahora cinco días para responder los argumentos esbozados por la administración de Horacio Rodríguez Larreta, que presentó un recurso para suspender los efectos del DNU presidencial, que terminaba con las clases presenciales hasta el 30 de abril.

Fuentes judiciales aclararon que esta definición de la Corte no invalida el fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires, que falló a favor de la presencialidad de las clases en el distrito, al pronunciarse sobre una presentación hecha por organizaciones de docentes contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del Gobierno nacional que establece la suspensión de la actividad por 15 días en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) para contener la segunda ola de coronavirus.

 

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