28 de abril de 2026
COMPLICACIONES
Sigue caída la tramitación de expedientes en la Dirección provincial de Personas Jurídicas
Es por una actualización dispuesta por una resolución de ARCA en relación con la presentación contable de asociaciones civiles. La medida busca simplificar el trámite de exención impositiva.

A raíz de una actualización dispuesta por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), la provincia de Buenos Aires se vio obligada a simplificar la presentación contable de asociaciones civiles para facilitar la exención impositiva.
Así, el sistema que permite la tramitación de expedientes continuará sin funcionar hasta el próximo lunes 4 de mayo, aunque las autoridades confían en poder resolverlo antes de ese plazo. En un primer momento se anunció que sería del 20 al 24 de abril, pero los plazos se extienden hasta la semana próxima.
De acuerdo con lo informado a La Tecla.info, la Resolución General Conjunta 5840/2026, dictada por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, establece un régimen simplificado para la presentación de documentación contable de asociaciones civiles inscriptas y sujetas a control en el ámbito provincial.
Este régimen está dirigido a entidades incluidas en la categoría 1, según la normativa vigente, permitiendo la confección de un Estado de Recursos y Gastos conforme a un modelo específico aprobado, reflejando los registros contables de la entidad y facilitando el cumplimiento de sus obligaciones legales y fiscales.
La norma busca facilitar el acceso de las asociaciones civiles a la exención del impuesto a las ganancias, estableciendo procedimientos claros y simplificados para la presentación de información requerida por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero.
El Estado de Recursos y Gastos debe presentarse dentro de los 120 días del cierre del ejercicio, firmado por el representante legal, y aprobado por la Asamblea General Ordinaria, quedando registrado en los libros oficiales de la entidad. Además, la Dirección Provincial de Personas Jurídicas debe informar a la Agencia de Recaudación, mediante un formulario específico, las entidades que optaron por el régimen simplificado, permitiendo su caracterización y consulta en el sistema registral.
La resolución entra en vigencia a partir de su publicación y será aplicable a los ejercicios económicos iniciados desde el 1° de enero de 2025, contemplando también la regularización de situaciones pendientes de ejercicios anteriores mediante la presentación del Estado de Recursos y Gastos simplificado.
De este modo, se busca fortalecer la transparencia, sostenibilidad y regularización de las asociaciones civiles, adecuando la normativa a sus capacidades y necesidades, y promoviendo el desarrollo institucional en beneficio de la sociedad.