7 de agosto de 2025
ELECCIONES 2025
Las testimoniales zafaron, pero la Justicia Electoral exige regulaciones
La Junta electoral de la provincia de Buenos Aires no dio lugar al reclamo de la abogada Silvina Martínez y permitió las candidaturas testimoniales para esta elección. También le pidió a la Legislatura la necesidad de regularlas

Fuerza Patria respira. Con dos resoluciones de la Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires, quedaron oficializadas tanto las candidaturas testimoniales como la posibilidad de Facundo Tignanelli para presentarse a elecciones como postulante a diputado provincial por la Tercera Sección electoral.
Con respecto a las testimoniales, la Junta Electoral se expidió luego de una presentación de la abogada y panelista televisiva, Silvina Martínez, quien tuvo intenciones de impugnar la candidatura de los dirigentes que tienen cargos en funciones, pero se presentaban como candidatos a concejales o diputados el próximo siete de septiembre.
De esta manera, tanto Mario Secco (Ensenada); Leonardo Nardini (Malvinas Argentinas); Jorge Ferraresi (Avellaneda); Pablo Zurro (Pehuajó); Fabián Cagliardi (Berisso); Juan José Mussi (Berazategui); Andrés Watson (Florencio Varela) y Fernando Espinoza (La Matanza); quedaron en condiciones de aparecer en las boletas de Fuerza Patria y ser candidatos en sus distritos donde son intendentes.
También se habilita la candidatura de la vicegobernadora Verónica Magario como cabeza de lista de diputados provinciales por la Tercera Sección electoral. Otros intendentes como Mayra Mendoza (Quilmes), Mariano Cascallares (Almirante Brown); Diego Nanni (Exaltación de la Cruz) y Alejandro Acerbo (Daireaux); también tienen mandato vigente como intendentes, pero ya anunciaron que asumirán a sus bancas en la Legislatura bonaerense.
Pese a que habilitaron las candidaturas testimoniales, la Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires le advirtió a la Legislatura bonaerense que debe establecer un marco normativo para regularlas. Desde la Junta advirtieron que “la falta de normativa en la materia desprotege al votante y genera una debilidad en el proceso electoral”.
Esta decisión lleva las firmas de la presidenta de la Junta Electoral bonaerense, Hilda Kogan, la vicepresidenta Ana María Bourimborde, y el vocal Eduardo Delbés. Por su parte los integrantes del órgano Gustavo De Santis y Federico Thea.
En la misma, los magistrados “coincidieron con la resuelto en la cuestión de fondo, aunque se abstuvieron de requerir la actuación de la Legislatura”.
En ese sentido, desde la Junta Electoral emitieron una resolución donde sostienen: “Así lo estableció en una resolución en la cual no hizo lugar a un planteo de la abogada Silvina Martínez dirigido a impugnar candidaturas para la próxima elección provincial del 7 de septiembre, en función de su presunto carácter testimonial”.
La Junta Electoral sostuvo que “es disvalioso para el sistema institucional y éticamente reprochable que una persona se postule para un cargo a sabiendas que no asumirá”. Sin embargo, añadió: “no es ilegal, por lo que no puede ser observado a priori por ello”.
También sostuvieron que no hay ningún elemento que le permita a la Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires llevar adelante las impugnaciones de las candidaturas en cuestión, teniendo en cuenta tanto la legislación electoral provincial, la constitución nacional, la provincial o los tratados internacionales que “forman parte del bloque de legalidad”.
La Junta también recordó el caso de las elecciones del año 2009, donde había exhortado sobre la necesidad de una intervención de los poderes del Estado; aunque “luego de 15 años, no hubo ningún tipo de regulación que proteja al elector de esta situación”.
Por su parte, también pusieron a disposición de la Legislatura todos los equipos técnicos de la Junta para “asistirla y obtener una regulación, como tienen varios países, que evite la existencia de las denominadas candidaturas testimoniales”.