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Jueves, 25 abril 2024
CONFLICTO
9 de agosto de 2022

Empresas inmobiliarias van contra la municipalidad de Tandil por una ordenanza

En 2019 el Concejo Deliberante aprobó una normativa, con la venia del intendente Lunghi, para limitar la actividad de empresas inmobiliarias y de publicidad. Ahora, estas firmas podrían iniciar acciones legales para que se repare el daño sufrido.

Empresas inmobiliarias van contra la municipalidad de Tandil por una ordenanza - La Tecla

El Concejo Delibrante de Tantil aprobó hace más de dos años la ordenanza 16597/19, que limita la actividad de empresas inmobiliarias y de publicidad. Desde algunas firmas perjudicadas se entiende que la disposición, que fue avalada por el jefe comunal Miguel Lunghi, colisiona con la Ley Orgánica de las Municipalidades (LOM) y el Código Civil y Comercial.

La ordenanza buscó frenar la competencia dentro del sector inmobiliario. En caso de persistir con esa ilegalidad incurrirán “en responsabilidad civil patrimonial, al igual que los concejales en forma personal, porque los daños que ya están causando son mensurables económicamente y de muy fácil prueba en sede judicial”, advirtieron desde la Cámara Argentina de Empresas de Servicios Inmobiliarios (CAMESI).

El Concejo Deliberante determinó prohibir “dentro del Partido de Tandil, la publicidad en la vía pública de negocios inmobiliarios bajo la forma de representación de franquicias”. De esa manera, en forma arbitraria e inconstitucional, se vulnera el derecho a trabajar y la actividad comercial no solo de martilleros, sino también de empresas publicitarias. Además, la ordenanza establece multas y ordena “la remoción inmediata de publicidad de este tipo que pudiere existir en el Partido de Tandil”.

Asimismo, el año pasado el Concejo Deliberante sancionó la ordenanza 17317 que establece el régimen contravencional y las sanciones a quienes no cumplan lo establecido en la ordenanza que prohíbe la publicidad.  

Las iniciativas persecutorias de este tipo habían comenzado de la mano del Colegio de Corredores Inmobiliarios porteño (CUCICBA). En esa oportunidad denunciaron a la empresa RE/MAX por ejercer “una actividad ilícita” ante la Inspección General de Justicia (IGJ). Con la resolución N° 350, ese organismo determinó disolver RE/MAX Argentina SRL. Tras la apelación de la empresa afectada, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial ordenó -en mayo de este año- dejar sin efecto la resolución con imposición de costas al organismo.

En el mismo sentido que el Colegio de Martilleros porteño, el Colegio de Martilleros de la Provincia de Buenos Aires y una veintena de colegios distritales bonaerenses iniciaron la estrategia de presionar a los municipios con la resolución de la IGJ, con el objetivo de eliminar la competencia comercial.

Al respecto el presidente de CAMESI, Mariano García Malbrán, señaló: “La resolución de la IGJ fue rechazada por la Cámara de Apelaciones en lo Comercial, con expresa imposición de costas. Esto cambia absolutamente el panorama de las ordenanzas, que ya eran ilegales porque son contrarias a la Ley Orgánica de las Municipalidades al legislar sobre aspectos y cuestiones que van más allá de su competencia; pero ahora este fallo de la Cámara Nacional deja a los municipios y a los concejales en un riesgo legal de exposición patrimonial enorme. Y la realidad es que están causando un daño muy importante, no solamente a la industria inmobiliaria, sino también a la de la publicidad”.

Asimismo, indicó que “los municipios van a ser responsables patrimonialmente por daños y perjuicios civiles. Estas acciones serán iniciadas por los corredores inmobiliarios que contrataron los servicios de las marcas y tuvieron un daño patrimonial enorme, derivado de una ordenanza ilegal. Asimismo, las asociaciones de publicistas se encuentran analizando el mismo camino. Además, los concejales podrán recibir cargos patrimoniales por su responsabilidad personal frente al Estado, porque se basaron en una resolución administrativa de un organismo del Poder Ejecutivo que aún no se encontraba firme para prohibir la actividad comercial de empresas que prestan un servicio absolutamente legal y que genera muchos puestos de trabajo e ingresos económicos de manera directa e indirecta”.

Además de Tandil, los municipios, concejales e intendentes de Ayacucho, Almirante Brown, Azul, Berazategui, Berisso, Bolívar, Campana, Chacabuco, Chivilcoy, Escobar, Exaltación de la Cruz, General Madariaga, General Pueyrredón, Partido de La Costa, Magdalena, Monte Hermoso, Necochea, Pehuajó, Pinamar, Punta Indio, Salliqueló, Salto, San A. de Areco, San A. de Giles, San Cayetano, Villa Gesell, Trenque Lauquen, Tordillo y Zárate, están reñidos con el orden jurídico al mantener vigentes las ordenanza prohibicionistas. Así las cosas, deberían vetarlas para evitar acciones judiciales millonarias que afectarán las finanzas de los municipios y el patrimonio de los concejales que la votaron.
 
 

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