La Tecla
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Buenas tardes, les comparto una regla de valoración de la prueba en casos de violencia sexual que me parece muy bueno que conozcamos. Reglas de Procedimiento y Prueba, adoptadas por la Asamblea General de los Estados Parte del Estatuto de Roma
— Sabrina Cartabia (@MissOprostol) 24 de mayo de 2019
el 9 de septiembre de 2002.
Regla 70.
— Sabrina Cartabia (@MissOprostol) 24 de mayo de 2019
a) El consentimiento no podrá inferirse de ninguna palabra o conducta de la víctima cuando la fuerza, la amenaza de la fuerza, la coacción o el aprovechamiento de un entorno coercitivo hayan disminuido su capacidad para dar un consentimiento voluntario y libre;
d) La credibilidad, la honorabilidad o la disponibilidad sexual de la víctima o de un testigo no podrán inferirse de la naturaleza sexual del comportamiento anterior o posterior de la víctima.
— Sabrina Cartabia (@MissOprostol) 24 de mayo de 2019
El uso de estas reglas es garantía de investigaciones con perspectiva de género y libres de estereotipos q discriminan a las sobrevivientes de violencia sexual. Las defensas legales q recurren a mitos sobre la violación son revictimizantes y tan dañinas como ineficientes #NoEsNo
— Sabrina Cartabia (@MissOprostol) 24 de mayo de 2019