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9 de noviembre de 2018
POLITICA

Causa aportes: justicia de La Plata citó a indagatoria a uno de los supuestos recaudadores de Cambiemos

Se trata de Carlos Martínez, quien había sido llamado a declarar pero como testigo, pero que ahora deberá presentarse como imputado. La declaración está suspendida hasta que se defina el conflicto de competencia.

Causa aportes: justicia de La Plata citó a indagatoria a uno de los supuestos recaudadores de Cambiemos
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El titular del juzgado Criminal y Correccional N°3 de La Plata, Ernesto Kreplak, que investiga una de las causas por supuestos falsos aportes en la campaña de Cambiemos, dispuso hoy la citación a indagatoria de un contador que figuraba como recaudador de los fondos de la alianza oficialista.

 

El llamado, al que accedió La Tecla, recae contra el contador de Hurlingham, Carlos Martínez, quien había sido llamado por Kreplak a declarar como testigo, pero que tras un informe bancario, de la AFIP y los dichos de varios denunciantes de la causa el llamado pasó a indagatoria.

 

Sin embargo la medida quedó en suspenso hasta que se resuelva la cuestión de competencia que mantienen Kreplak con el titular del juzgado electoral 1 de La Plata, Adolfo Gabino Ziulu. El caso se encuentra en Cámara y el tribunal de alzada deberá resolver quién se cada con el caso.

 

“Del análisis del contenido de las declaraciones de algunos de los testigos mencionados, así como de las constancias de depósitos bancarios efectuados a favor de la cuenta de la Alianza Cambiemos en la TAS de la sucursal 0016 del Banco de la Nación Argentina el día 4 de octubre de 2017, y del listado de aportantes declarado por dicha Alianza para las elecciones de ese año ante la Justicia Electoral, surgen elementos que generan el grado de sospecha exigido por las previsiones del art. 294 del CPPN, para citar a prestar declaración indagatoria al Contador Carlos Martínez”, afirma la resolución de Kreplak.

 

Pero agrega: “habiéndose trabado cuestión de competencia (v. punto II. de este  auto), a los efectos de evitar posibles planteos de nulidad, se suspenderá la adopción de medidas a ese respecto supeditada a la decisión del Tribunal de Alzada en relación a la competencia de este Juzgado para investigar los supuestos ilícitos penales objeto de estas actuaciones”.



La causa

 

Denominado en la jerga política “aportes truchos”, el expediente se inició con una denuncia periodística y tres investigaciones en diferentes fueros y jurisdicciones. Una en el juzgado porteño de Sebastián Casanello, otra en el de Ernesto Kreplak y otra en el de Adolfo Gabino Ziulu.

 

En medio de ese cruce, Ziulu le pidió que Casanello y Kreplak que se inhiban de actuar y que remitan los expedientes a su juzgado, entendiendo que el tribunal electoral fue el primero en abrir una investigación y que, por el código de procedimiento, correspondía centralizar todo en su despacho.

 

Casanello giró su causa, pero Kreplak rechazó el pedio de inhibitoria y antes de elevar el conflicto de competencia a la Cámara para que resuelva quién se queda con los expedientes, apareció un tercer agente que enmarañó más la situación: la ex tesorera del PRO y ex funcionaria bonaerense, María Fernanda Inza.

 

La mujer presentó una apelación a la decisión de Kreplak y este último la aceptó, pero la elevó a la alzada y dispuso suspender “por el momento la remisión del presente incidente” al juzgado de Ziulu.

 

Eso frenó el conflicto de competencia y semanas después la Sala III de la Cámara Federal, que conduce Carlos Alberto Vallefín, declaró “mal concedido el recurso de apelación interpuesto” por Inza y reactivó todo el trámite.

 

“Esa suspensión impide que se trabe una contienda entre tribunales pues resta que el juez con competencia electoral sea anoticiado a fin de que decida si sostiene o no su competencia. Esta suspensión frustra la finalización del  trámite y debe dejarse sin efecto”, indicó la Sala III.

 

Por ello, la Cámara le declaró “mal concedido” el recurso a Kreplak y le ordenó que “proceda en el modo dispuesto en el art. 47 inciso 5º” del Código Procesal Penal.

 

Ese inciso señala que si se niega la inhibición “el auto será comunicado al tribunal que la hubiere propuesto, en la forma prevista en el inciso 4, y se le pedirá que conteste si reconoce la competencia o, en caso contrario, que remita los antecedentes a la Cámara de Apelaciones”.

 

Por lo que Kreplak tuvo que comunicar a Ziulu su decisión, para que este último se expida sobre si mantenía su interés sobre la competencia o no, decisión que comunicó la semana pasada, cuando ratificó su voluntad de seguir actuando.

 

Pero Ziulu elevó a la Cámara Nacional Electoral el conflicto y se abrió otro debate sobre si corresponde a ese tribunal de alzada o la Cámara Federal platense la definición por la competencia.

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