Apps
Sábado, 25 abril 2026
Argentina
25 de abril de 2026
TIRONEO

Cruce por los fondos municipales: la Provincia rechaza el reclamo y defiende el esquema actual

Desde el gobierno bonaerense aseguran que el 70% del fondo municipal ya es de libre uso y cuestionan el nuevo planteo de intendentes que buscan ampliar esa potestad. Los jefes comunales advierten una crisis fiscal profunda y presionan en la Legislatura.

Cruce por los fondos municipales: la Provincia rechaza el reclamo y defiende el esquema actual
Compartir

La tensión entre la Provincia y los intendentes bonaerenses sumó un nuevo capítulo tras el reclamo de un grupo de jefes comunales que buscan ampliar el margen de decisión sobre los fondos que reciben. Desde el Ejecutivo provincial salieron al cruce y aseguraron que ya existe un alto grado de libre disponibilidad vigente.

“La ley es clara. No sé entiende el reclamo de los intendentes”, deslizaron desde el entorno del gobierno de Axel Kicillof, en referencia a la nota presentada en la Legislatura. La respuesta oficial deja en claro el desconcierto frente al planteo de los municipios.

Según explicaron fuentes provinciales, el esquema actual del Fondo de Emergencia y Fortalecimiento de la Inversión Municipal (FEFIM) ya contempla un 70% de libre disponibilidad. “Lo pedimos nosotros. Previo a las modificaiones no eran de libre disponibilidad, y lo modificamos en Diputados porque sabíamos las necesidades de los intendentes”, remarcaron.

En ese marco, desde la administración bonaerense insisten en que el planteo de los alcaldes no resulta del todo comprensible. “No entiendo qué están pidiendo con esta nota, la verdad”, agregaron, marcando una posición crítica frente a la ofensiva de los municipios.

El reclamo fue impulsado por el Foro Regional de Intendentes para el Crecimiento y Desarrollo (FRICDE), que nuclea a unos 60 jefes comunales de distintos signos políticos. En una carta dirigida a Verónica Magario y Alejandro Dichiara, solicitaron habilitar el uso total del fondo con mayor flexibilidad.

Los intendentes argumentan que atraviesan una situación fiscal crítica, marcada por la caída de ingresos, el aumento de costos operativos y dificultades para afrontar salarios y servicios esenciales. “Este diagnóstico es transversal a las distintas realidades territoriales y no distingue signos políticos", señalaron en su presentación.

En ese contexto, plantearon la necesidad de adoptar medidas excepcionales que les permitan utilizar el fondo —originalmente destinado a infraestructura— para gastos corrientes. Buscan, en definitiva, poder destinar el 100% de los recursos según las urgencias de cada distrito.

La letra chica del Fondo de Emergencia

ARTÍCULO 3°: Créase para los Ejercicios Fiscales 2026 y 2027 el Fondo de Emergencia y Fortalecimiento de la Inversión Municipal, con el objeto de regularizar atrasos de Tesorería o financiar la ejecución de proyectos y/o programas sociales y/o ambientales y/o de inversión actualmente en desarrollo o que se prevea iniciar.

El Poder Ejecutivo afectará recursos para integrar el Fondo en la medida de la obtención y de manera automática conforme se produzca el ingreso de los fondos derivados de las operaciones de financiamiento que realice la Administración Central en el marco de la autorización otorgada por los artículos primero y segundo de la presente Ley por el equivalente en pesos al ocho por ciento (8%) de esos fondos.

El fondo se distribuirá con el siguiente criterio:

 a) el 70% se distribuirá a los municipios conforme al Coeficiente Único de Distribución Ley N° 10.559 (texto ordenado según Decreto 1.069/95) para el ejercicio 2025.

 b) el 30% restante será destinado a programas provinciales con destino a municipios de los Ministerios de Infraestructura y Servicios Públicos y Transporte y del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires.

La integración del Fondo quedará garantizada con Recursos de Rentas Generales por la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL MILLONES ($250.000.000.000), si el monto resultante de las operaciones del segundo párrafo del presente artículo fuera inferior a dicha suma.

En este caso, el monto garantizado, será transferido a cuenta de las operaciones efectivamente realizadas en forma previa o posterior al vencimiento de la cuota de acuerdo al siguiente cronograma:

 I. hasta VEINTE MIL MILLONES ($ 20.000.000.000) por inciso a) y hasta TREINTA MIL MILLONES ($ 30.000.000.000) por inciso b) al 30 de abril de 2026;

 II. hasta VEINTE MIL MILLONES ($ 20.000.000.000) por inciso a) y hasta TREINTA MIL MILLONES ($ 30.000.000.000) por inciso b) al 31 de agosto de 2026;

 III. hasta VEINTE MIL MILLONES ($ 20.000.000.000) por inciso a) y hasta TREINTA MIL MILLONES ($ 30.000.000.000) por inciso b) al 30 de noviembre de 2026.

 IV. hasta CINCUENTA MIL MILLONES ($ 50.000.000.000) por inciso a) al 30 de abril de 2027.

 V. hasta CINCUENTA MIL MILLONES ($ 50.000.000.000) por inciso a) al 30 de junio de 2027.

El monto garantizado no podrá superar el ocho por ciento (8%) de la suma autorizada en los artículos 1º y 2º de la presente Ley

OTRAS NOTAS

ARMADO

Karina Milei bajó a territorio y activó el operativo bonaerense de LLA rumbo a 2027

Karina Milei encabezó en Suipacha una cumbre clave de La Libertad Avanza para consolidar su estructura en la provincia. Con figuras nacionales y tensiones internas en pausa, el espacio lanzó su escuela de formación y avanzó en su estrategia territorial rumbo a 2027.

Copyright 2026
La Tecla
Redacción

Todos los derechos reservados
Serga.NET