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Miércoles, 27 agosto 2025
Argentina
27 de agosto de 2025
PONIENDO ESTABA LA GANSA

Todos abrochados: el Gobierno carga a los usuarios la financiación de la Zona Fría

El Gobierno nacional dispuso un ajuste del 6,8% en la alícuota del "recargo" que pagan clientes residenciales y empresas sobre los consumos de gas natural. Será destinado a sostener el beneficio a los distritos que tienen subsidio.

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El gobierno de Javier Milei dispuso aumentar del 6,6% al 6,8% la alícuota del "recargo" (impuesto) que pagan todos los usuarios sobre los consumos de gas natural y que financian a los que tienen subsidios por el régimen de Zona Fría.

Este ajuste, que ya había sufrido un cambio en julio, se aplicará sobre el precio del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), por cada metro cúbico de 9300 kilocalorías que entra al sistema de ductos en la Argentina. 

De acuerdo con el texto oficial, publicado por Resolución 1253/2025 en el Boletín Oficial y con la firma del ministro de Economía, Luis Caputo, el nuevo porcentaje se aplicará tanto al consumo regular como al autoconsumo de las empresas del sector.

La nueva resolución faculta al Enargas, que está bajo la órbita de la Secretaría de Energía, a “ajustar los procedimientos para su facturación”, señalando que “las disposiciones de la presente resolución serán de aplicación para los consumos realizados a partir del día en que sean publicados en el Boletín Oficial los procedimientos especiales para la facturación del recargo establecido, medida por parte del Enargas”.

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El incremento apunta a reforzar el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas, que cubre parte del costo del servicio en aquellas zonas geográficas que por sus condiciones climáticas requieren mayores niveles de calefacción. 
El recargo es trasladado a todos los consumidores del país, sin distinción de categoría o ubicación, a través de los cuadros tarifarios vigentes.

El Fondo Fiduciario se creó en 2002 mediante la ley 25.565 y sus posteriores cambios con el objetivo de subsidiar el consumo residencial de gas en zonas frías, y su financiamiento proviene de este recargo sobre el precio del gas en el PIST, que las empresas distribuidoras y comercializadoras trasladan a los usuarios en la facturación mensual.

En mayo de este año, el Gobierno nacional actualizó los criterios para acceder a los cuadros tarifarios diferenciales del gas natural por red dentro del Régimen de Zona Fría Ampliada (Ley 27.637).

Hasta el momento, los beneficiarios del régimen que percibían menos de cuatro salarios mínimos y tenían más de un medidor a su nombre accedían al 50% de descuento en cada uno de ellos. Con el cambio normativo, eso se limita: los 137.842 usuarios detectados en esa situación solo podrán mantener el beneficio completo en uno de sus suministros. Para los medidores restantes, se aplicará la bonificación general del 30%, prevista por la ley.

La ley de Zona Fría Ampliada es una extensión del régimen original creado en 2002 para asistir a provincias con climas extremos, como las del sur argentino, donde el consumo de gas es alto y esencial.

Sin embargo, en 2021 el Gobierno de Alberto Fernández amplió el alcance del régimen a zonas clasificadas como cálidas y templadas-cálidas -según la norma IRAM 11603:2012- incluyendo gran parte del territorio bonaerense, Rosario, Córdoba y San Luis, entre otros.

En la provincia de Buenos Aires, la lista de municipios beneficiados incluye, entre otros, 25 de Mayo, 9 de Julio, Adolfo Alsina, Bahía Blanca, General Pueyrredón, y Tandil.
 

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