Cabe destacar que la normativa vigente señala que el voto en blanco es cuando el sobre se encuentra vacío o contiene un papel (de cualquier color), sin imágenes, textos ni objetos extraños, o también contiene una boleta oficializada, pero le falta el cuerpo correspondiente a una categoría. En ese caso, se considerará ¨voto en blanco¨ solo para dicha categoría. |