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ALGO DE ALIVIO
8 de febrero de 2023

Nación escuchó y declaró la emergencia agropecuaria en municipios bonaerenses

La medida incluye a 19 distritos afectados por la sequía o inundación. Incluye diversos beneficios impositivos para los productores.

Nación escuchó y declaró la emergencia agropecuaria en municipios bonaerenses - La Tecla

A través de la resolución 56/2023 publicada en el Boletín Oficial, se declaró esa situación desde el 1° de junio de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022 a las explotaciones agropecuarias afectadas por sequía en los partidos de San Pedro, Arrecifes y Suipacha.

En tanto, contará con esos beneficios por el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2022 y hasta el 31 de diciembre (tres meses) los afectados en los distritos de Rojas, Ramallo, Alberti, Lobos, San Vicente y Magdalena.

Por su parte, los productores de Salto se verán beneficiados con el estado de emergencia y/o desastre agropecuario desde el 1 de septiembre de 2022 a fin del año pasado. 

En tanto, también por sequía, Junín, Dolores y Chascomús lo harán del 1 de julio pasado y hasta el 31 de diciembre. Y en el caso de Tordillo el período, del 1 de enero del año pasado y hasta el 30 de junio.

Por otra parte, en otra resolución, la 55/2023, se declaró el estado de emergencia, de forma retroactiva, del 1 de octubre de 2021 al 30 de septiembre de 2022 a las explotaciones agropecuarias afectadas por inundación el partido de Hipólito Yrigoyen.

Por el mismo motivo, aunque por el periodo del 1 de abril de 2022 hasta el 30 de septiembre de dicho año, se declaró la emergencia en Pehuajó y Bolívar y en algunas circunscripciones de Carlos Casares.

Además, del 1 de enero de 2022 hasta el 31 de marzo de 2022 beneficiará a los afectados en el partido de General Villegas.

Para recibir los beneficios, los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos.

En tal sentido, los gobiernos provinciales remitirán a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de los productores afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente.

Entre algunos de los beneficios a los que accederán los productores serán la prórroga del vencimiento del pago de los impuestos que graven el patrimonio, los capitales, o las Ganancias de las explotaciones afectadas. 

En otros casos, cuando se produzcan ventas forzosas de hacienda podrá deducirse en el balance impositivo de Ganancias, el 100% de los beneficios derivados de tales ventas. 
 

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