Argentina
Viernes, 19 abril 2024
SESION
15 de marzo de 2022

Qué dice el proyecto de ley para empresas recuperadas que tratará Diputados

La Cámara Baja debatirá mañana la iniciativa que había enviado el Ejecutivo a finales de 2021. Incluye facilidades financieras y tarifarias, además de suspender ejecución de sentencias de desalojo y el remate de bienes.

Qué dice el proyecto de ley para empresas recuperadas que tratará Diputados - La Tecla

La primera sesión ordinaria en la Cámara de Diputados bonaerense incluirá el tratamiento de la Ley de Emergencia Económica, Financiera y Tarifaria para las empresas recuperadas.
La iniciativa había sido enviada en noviembre del año pasado por el Ejecutivo, pero no pudo ser tratada por las cámaras, por lo que ahora vuelve al debate legislativo.

El proyecto suspende la ejecución de sentencias de desalojo y el remate de bienes por dos años, además de prohibir los cortes de servicios públicos por el mismo término.

En la iniciativa, el Gobierno de Axel Kicillof asegura que  “la crisis económica del país en los últimos años ha afectado con gravedad a los sectores productivos en general y a las empresas recuperadas en particular.

En tal sentido, añade que la medida “pretende visibilizar la grave situación que se atraviesa, para proveer a la asistencia y trato diferencial que se requiere, en función del rol productivo, social y económico de las empresas recuperadas organizadas bajo la naturaleza jurídica de cooperativas de trabajo.

En su articulado, propone también declarar de interés provincial el proceso de recuperación de empresas por sus trabajadores y trabajadoras, como posible sujeto continuador de la explotación de las empresas en crisis o proceso de quiebra.

 Además, suspende la ejecución de sentencias de desalojo durante la vigencia de la emergencia declarada, paralizando todas las acciones judiciales, trámites y/o diligencias que tengan por finalidad ordenar y/o ejecutar el desalojo de empresas recuperadas.

Al respecto, especifica que la medida alcanzará a los lanzamientos ya ordenados que no se hubieran realizado a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, además de suspender todas las ejecuciones que tengan por objeto el remate de los bienes que integran el patrimonio de la empresa recuperada y que resultan necesarios para continuar con su explotación.

La normativa suspende, además, “los cortes en el suministro de los servicios públicos provinciales de distribución de energía eléctrica, de agua potable y desagües cloacales”, remarcando que los prestadores “deberán otorgar planes con facilidades de pago para cancelar las deudas que se generen durante el plaza de vigencia de las medidas aquí dispuestas conforme las pautas que establezcan el Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires y la Autoridad del Agua, en su carácter de Órganos de control de la prestación de los servicios mencionados”.



 

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