Argentina
Jueves, 18 abril 2024
LEGISLATURA
12 de julio de 2021

Kicillof deroga una ley de Vidal y modifica el régimen jubilatorio del Banco Provincia

Ingresó a Diputados el proyecto que modifica la norma que rige a la Caja de Jubilaciones. Vuelve el 82 por ciento móvil, baja la edad jubilatoria de las mujeres y cambia la forma de financiamiento, con una mayor contribución de la entidad y de los empleados. También entró la ley de adhesión el régimen nacional de vacunación de menores.

Kicillof deroga una ley de Vidal y modifica el régimen jubilatorio del Banco Provincia - La Tecla
Kicillof deroga una ley de Vidal y modifica el régimen jubilatorio del Banco Provincia - La Tecla

El Poder Ejecutivo bonaerense envió este lunes a la Cámara de Diputados el proyecto de Ley que modifica el régimen por el cual se rige la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco Provincia. La nueva ley deroga la 15.008, votada durante el gobierno de María Eugenia Vidal, que provocó en su momento un largo conflicto con el gremio bancario y los empleados de la entidad. 

El gobernador Axel Kicillof se había comprometido, durante el 48 Congreso Nacional Bancario, a modificar el marco legal de la Caja para “devolverle derechos a los trabajadores” del Banco Provincia. 

En ese sentido, entre otros cambios, se establece en el artículo 42 de la nueva normativa que “el haber mensual inicial de las prestaciones será el equivalente al 82 por ciento del promedio actualizado de las remuneraciones mensuales percibidas durante el período de ciento veinte meses inmediatamente anteriores a la cesación del servicio”. En la ley vigente, la jubilación inicial es sobre el 70 por ciento de ese promedio. Fue, en su momento uno de los mayores reclamos que realizaron los empleados.

“Se hizo un trabajo muy serio que permite, mediante un esfuerzo compartido, devolver derechos que les habían quitado, como el 82% móvil, la reducción de la movilidad, la reducción de la edad jubilatoria para las mujeres a los 60 años”, había dicho Kicillof en el Congreso Bancario, tras haber alcanzado un acuerdo con el gremio para modificar la ley.

Un fuerte rechazo había provocado el cambio impulsado por Vidal de modificar la edad jubilatoria, que la estableció para todos en los 65 años de edad con 35 años de servicio. En el proyecto que llegó a Diputados, el artículo 26 mantiene en 65 años la edad para jubilarse de los hombres, pero baja a 60 la de las mujeres. 

Sí se mantiene la progresividad para llegar a los 65 años de los hombres que se había establecido en la 15.008. La aplicación de la nueva edad mínima se hará con la siguiente escala: 61 años de edad este año; 62 en los años 2022 y 2023, 63 en 2024 y 2025, 64 en 2026 y 2027, y 65 a partir del año 2028.

Un cambio sustancial tiene que ver con la forma de financiar la Caja. Con la nueva ley se busca evitar cargas a Rentas Generales, imponiéndole mayores contribuciones al Banco y a los activos, pasivos e ingresantes.

Mientras hasta ahora el aporte del personal era del 14 por ciento, el proyecto del Ejecutivo eleva esa cifra al 16 por ciento “a cargo de las personas afiliadas activas sobre las remuneraciones sujetas a aportes de acuerdo al artículo 16”, en cuyo texto aclara que los aportes y contribuciones serán sobre la totalidad de las remuneraciones percibidas por cada empleado.

También sube del 16 al 21 por ciento la contribución obligatoria a cargo del Banco sobre las remuneraciones que integran el haber del empleado. Y se incrementa del 10 al 12 por ciento el aporte de jubilados y pensionados. En este caso, ese aporte podría ser reducido por el Directorio de la Caja “hasta el 2 por ciento siempre que el resultado operativo de la Caja sea superavitario”.

En el artículo 14 del texto elaborado por Kicillof y su equipo se dicta que “en atención al déficit de ingresos y egresos de la Caja, el Banco realizará una contribución adicional sobre la base de sus utilidades”. 



Adhesión a Ley Nacional

Mediante el proyecto PE 9, el Poder Ejecutivo envió a la Cámara de Diputados la adhesión de la provincia de Buenos Aires al régimen previsto en la Ley Nacionbal 27.573, que establece el marco legal para el desarrollo del Plan Nacional de Vacinación contra el Covid 19 con inclusión de niños, niñas y adolescentes. 
 

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