Este lunes, el Gobierno de Alberto Fernández oficializó la extensión de la cuarentena hasta el 28 de junio y detalló punto por punto cómo es la etapa de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio a la que avanzan a partir de hoy la mayoría de las provincias y distritos de todo el país. A la etapa de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio avanzarán desde hoy, y hasta el 28 de junio, “todas las personas que residan o transiten en los aglomerados urbanos y en los partidos y departamentos de las provincias, en tanto estos verifiquen en forma positiva los siguientes parámetros epidemiológicos y sanitarios”: - El sistema de salud debe contar con capacidad suficiente y adecuada para dar respuesta a la demanda sanitaria. - Que no haya transmisión comunitaria del COVID-19 en dicho aglomerado urbano, partido o departamento. - Que el tiempo de duplicación de casos confirmados de coronavirus no sea inferior a 15 días. No será necesario cumplimentar este requisito si, por la escasa o nula cantidad de casos, no puede realizarse el mencionado cálculo. DISTANCIAMIENTO EN ZONAS- Todos los departamentos de la Provincia de Catamarca. - Todos los departamentos de la Provincia de Corrientes. - Todos los departamentos de la Provincia de Entre Ríos. - Todos los departamentos de la Provincia de Formosa. - Todos los departamentos de la Provincia de Jujuy. - Todos los departamentos de la Provincia de La Pampa. - Todos los departamentos de la Provincia de La Rioja. - Todos los departamentos de la Provincia de Mendoza. - Todos los departamentos de la Provincia de Misiones. - Todos los departamentos de la Provincia de Salta. - Todos los departamentos de la Provincia de San Juan. - Todos los departamentos de la Provincia de San Luis. - Todos los departamentos de la Provincia de Santa Cruz. - Todos los departamentos de la Provincia de Santa Fe. - Todos los departamentos de la Provincia de Santiago del Estero. - Todos los departamentos de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. - Todos los departamentos de la Provincia de Tucumán. - Todos los departamentos de la Provincia de Chaco, excepto el de San Fernando. - Todos los departamentos de la Provincia del Chubut, excepto el de Rawson. - Todos los departamentos de la Provincia de Río Negro, excepto los de Bariloche y General Roca. - Todos los departamentos de la Provincia de Córdoba, excepto la ciudad de Córdoba y su aglomerado urbano. - Todos los partidos de la Provincia de Buenos Aires, con excepción de los 40 que comprenden el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA). Con respecto a la circulación en los lugares donde a partir de hoy rige la fase de Distanciamiento Social, quedará prohibida “por fuera del límite del departamento o partido donde residan, salvo que posean el Certificado Único Habilitante para Circulación (CUCH)”. Con el objetivo de prevenir la propagación del virus, los gobernadores están facultados a “disponer el aislamiento preventivo” respecto de personas que ingresen a la provincia provenientes de otras jurisdicciones, por un plazo máximo de 14 días. El Gobierno estableció “reglas de conducta generales” que deberán mantener las personas alcanzadas por el presente DNU: mantener una distancia mínima de dos metros con respecto a otra persona, utilizar tapabocas en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar “estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales y nacional”. - Eventos en espacios públicos o privados, sociales, culturales, recreativos, religiosos y de cualquier otra índole con concurrencia mayor a 10 personas. - Práctica de cualquier deporte donde participen más de 10 personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de 2 metros entre los participantes. - Cines, teatros, clubes, centros culturales. - Servicio público de Transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos expresamente autorizados. - Turismo - El Departamento de San Fernando de la Provincia del Chaco. - Los Departamentos de Bariloche y de General Roca de la Provincia de Río Negro. - El Departamento de Rawson de la Provincia del Chubut. - La Ciudad de Córdoba y su aglomerado urbano de la Provincia de Córdoba. En estos lugares se mantendrá una cuarentena estricta como hasta el momento. Las autoridades provinciales deberán elevar a la Jefatura de Gabinete de la Nación para que se evalúe la habilitación de nuevos rubros y actividades siempre y cuando la situación particular de cada distrito lo permita. |