El gobernador Axel Kicillof decretó la reglamentación de una serie de artículos relativos a las emergencias que rigen actualmente en el territorio bonaerense, en medio de la expansión del coronavirus.
Se trata de las Leyes N° 14.806, N° 14.812 y N° 14.815, que declararon el estado de emergencia social, económica, productiva, energética, de seguridad pública, política y salud penitenciaria, infraestructura, hábitat, vivienda y servicios públicos, administrativa y tecnológica.
“A los fines de ordenar el marco normativo de la emergencia, se establece que las leyes citadas deberán interpretarse y aplicarse como un marco normativo único y común”, establece el decreto.
En efecto, el estado de emergencia incluye la prestación de los servicios y la ejecución de los contratos a cargo del sector público provincial, centralizado, descentralizado, organismos autónomos y autárquicos, que “podrán disponer la renegociación y/o rescisión de contratos de bienes y servicios que generen obligaciones a cargo del Estado provincial existentes a la fecha”.
Asimismo, Kicillof modificó el cuadro de competencias relativo a la aprobación de las distintas compras y contrataciones públicas, de acuerdo al rango jerárquico de los funcionarios y el monto total de tales expedientes.
Por ejemplo, sólo los ministros, secretarios y funcionarios con responsabilidad equivalente en los organismos descentralizados pueden aprobar, adjudicar, declarar fracasado, prorrogar y adicionar presupuestos; mientras que los demás agentes podrán autorizar procedimientos y bases de contratación.
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