El dictamen, al que accedió
“Declarar que el señor juez federal con competencia electoral de Buenos Aires es competente para conocer sobre los hechos planteados en la causa FLP86148/2018”, afirma
En el fallo, de los magistrados Alberto Ricardo Dalla Vía y Santiago Corcuera, “esta Cámara tiene dicho que “la ley de financiamiento de los partidos políticos (26.215), reglamentaria del artículo 38 de
No obstante aclara, que el pase al fuero electoral “no implica, en modo alguno, que pueda afectarse el avance de causas penales, a partir de la afirmación de pretendidas vinculaciones entre los hechos que en ellas se investigan y el patrimonio de los partidos políticos o el financiamiento de sus campañas electorales”.
Y que “debe precisarse que la competencia federal electoral en el control de las rendiciones de cuentas partidarias no supone privar de respuesta penal a los eventuales damnificados por delitos comunes -autónomos o escindibles de la cuestión electoral- asociados a las irregularidades o ilícitos que eventualmente determine la justicia electoral respecto de las rendiciones de cuentas presentadas”.
La causa
Denominado en la jerga política “aportes truchos”, el expediente se inició con una denuncia periodística y tres investigaciones en diferentes fueros y jurisdicciones. Una en el juzgado porteño de Sebastián Casanello, otra en el de Ernesto Kreplak y una tercera en el de Adolfo Gabino Ziulu.
En medio de ese cruce, Ziulu le pidió que Casanello y Kreplak que se inhiban de actuar y que remitan los expedientes a su juzgado, entendiendo que el tribunal electoral fue el primero en abrir una investigación y que, por el código de procedimiento, correspondía centralizar todo en su despacho.
Casanello giró parte de su causa, pero Kreplak rechazó el pedio de inhibitoria y antes de elevar el conflicto de competencia a
La mujer presentó una apelación a la decisión de Kreplak y este último la aceptó, pero la elevó a la alzada y dispuso suspender “por el momento la remisión del presente incidente” al juzgado de Ziulu.
Eso frenó el conflicto de competencia y semanas después
“Esa suspensión impide que se trabe una contienda entre tribunales pues resta que el juez con competencia electoral sea anoticiado a fin de que decida si sostiene o no su competencia. Esta suspensión frustra la finalización del trámite y debe dejarse sin efecto”, indicó
Por ello,
Ese inciso señala que si se niega la inhibición “el auto será comunicado al tribunal que la hubiere propuesto, en la forma prevista en el inciso 4, y se le pedirá que conteste si reconoce la competencia o, en caso contrario, que remita los antecedentes a
Por lo que Kreplak tuvo que comunicar a Ziulu su decisión, y este último se expidió sobre su interés de mantener su competencia, decisión que comunicó hace varias semanas, cuando ratificó su voluntad de seguir actuando.
Acto seguido Ziulu elevó a |