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Argentina
Política Provincial
12 de abril de 2018
EL TEXTO COMPLETO

Polémica: La opinión de Procuración que avala al desembarco de Farmacity

El Procurador de la Nación avaló el planteo de inconstitucionalidad de la ley bonaerense al que recurrió la empresa, que hoy no puede instalarse en la Provincia. Su escrito antecede al fallo que deberá firmar la la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La resolución completa.

Polémica: La opinión de Procuración que avala al desembarco de Farmacity
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La Procuración General de la Nación avaló un planteo de inconstitucionalidad que realizó la empresa Farmacity respecto del artículo 14 de la ley de actual ley de Farmacias que le impide hasta ahora a la firma instalarse en territorio bonaerense.


El Procurador interino Eduardo Casal tomó así postura en una causa en la que tiene que expedirse la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La firma recurrió en queja ante el máximo tribunal del país luego de haber perdido su demanda en la Provincia, donde la Suprema Corte de Justicia provincial rechazó los planteos de la cadena.


El marco regulatorio actual, la ley 10.606, no contempla la posibilidad de instalar una farmacia a sociedades anónimas. Ese es el eje del debate que ya acumula varios años en el Poder Judicial bonaerense, tres sentencias en contra para la empresa.

Mario Quintana, actual vicejefe de Gabinete, fue, hasta fines de 2015, CEO del Grupo Pegasus, que controla Farmacity. La empresa inició la batalla legal contra la negativa de la provincia de Buenos Aires mientras él estuvo al frente de la compañía. El Colegio de Farmaceúticos siempre denunció una mano del poder detrás de la reactivación de la causa, luego que el macrismo llegara al poder. 

Desde el Colegio de Farmaceúticos bonaerenses adelantaron a La Tecla.info su repudio al dictámen de Casal a la par que señalaron que sus asesores legales están abocados a su estudio. 


El eje del debate que deja afuera pasa por el artículo 14 en el que las sociedades anónimas, como Farmacity, no están contempladas. La oposición pelea en un proyecto, trabado en comisión, para declarar que ese artículo es “taxativo”.


“Considero, por lo tanto, que el art. 14 de la ley 10.606 resulta inconstitucional, pues aun cuando se refiere a la autorización para instalar o enajenar farmacias, en rigor de verdad avanza sobre la regulación de lo concerniente a su titularidad -materia que, como se indicó, es de exclusiva competencia del Congreso de la Nación- conculcando de este modo los principios consagrados en los arts. 31 y 75, inc. 12, de la Consti tución Nacional. Al respecto, creo oportuno señalar que, contrariamente a lo afirmado por el tribunal, la norma provincial impugnada no se vincula con la modalidad del ejercicio de la profesión de farmacéutico y tampoco implica el control sobre la matrícula profesional, aspectos cuya reglamentación indudablemente corresponde a las autoridades locales”, sostiene el fallo de Casal.


La empresa argumenta su postura en el decreto de Necesidad y Urgencia Nº 2284, firmado en 1991 por Carlos Menem. Ratificado por ley 24.307, la norma establece en su artículo 13 que “cualquier persona física o jurídica de cualquier naturaleza podrá ser propietaria de farmacias, sin ningún tipo de restricción de localización”.  Esa prescripción choca con la legislación bonaerense, observada por Casal.


“(…) orresponde recordar que el legislador nacional, en uso de aquella prerrogativa, ha regulado lo referente a la propiedad de las farmacias en el arto13 del decreto 2284/91 (ratificado mediante ley 24.307, arto 29), cuya aplicación ha solicitado Farmacity S.A. desde su primera presentación en el proceso. Esta norma, con el fin de "abaratar los precios de venta al público" (ver considerandos del decreto 2284/91), procedió a desregular lo concerniente a la propiedad de establecimientos farmacéuticos, permitiendo que cualquier persona física (hoy humana) o jurídica pueda ser titular de ellos. A diferencia de lo que sostuvo el tribunal apelado, entiendo que este precepto posee vigencia y plena operatividad en todo el territorio de la Nación en la medida en que ha sido dictado por el legislador nacional en virtud de las atribucionesexclusivas que le han sido conferidas por el arto 75, inc. 12, de la Carta Magna”, señala.


La polémica no tardó en aparecer. El diputado provincial del Frente Renovador, Lisandro Bonelli, repudió el fallo y afirmó que “una vez más, sin ponerse colorados, Mauricio Macri y Mario Quintana usan la política para hacer negocios”.


 “El visto bueno de la Procuración evidencia una clara presión del vice jefe de Gabinete de la Nación y accionista de la empresa, Mario Quintana, a la Corte Suprema de la Provincia que se debe expedir sobre el tema”. “Exigimos que se respete la ley y la independencia de poderes. En Buenos Aires las farmacias no son simples comercios, son un servicio público y el medicamento no es una mercancía si no un bien social”, agregó Bonelli.

Desde el bloque de Unidad Ciudadana también se manifestaron en contra del escrito de Casal y señalaron que  "violenta claramente" la legislación provincial "y es un nuevo atropello contra los bonaerenses". "Con este dictamen, Farmacity avanza en su intención de burlar la prohibición que regía para el ingreso de este tipo de compañías al territorio bonaerense, permitiéndole al amigo del presidente Mauricio Macri y actual vicejefe de Gabinete expandir sus negocios en la provincia que concentra la mayor población del país. Esta decisión le asegura un negocio de ganancias multimillonarias", afirmó el espacio. 

 

Con la polémica abierta, Quintana anunció días atrás que venderá su participación en la empresa Farmacity para evitar "evitar un eventual conflicto de interés".

 

"Fui fundador de Farmacity y presidente de ese directorio durante mucho tiempo; estoy en proceso de venta de mi participación de todo negocio que tenía antes, ya salí de casi todos, y espero antes de fin de año haber salido de Farmacity", dijo a La Nación.


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