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Argentina
Política Provincial
8 de mayo de 2017
LUCHA PARALELA

Un juez afín al gobierno, un tribunal sensible para los intereses políticos y una nueva batalla judicial

Tras la puja por frenar la designación del juez Juan Manuel Culotta al frente del juzgado Electoral bonaerense, ahora desde AJUS La Plata pidieron la nulidad frente a la resolución del Consejo de la Magistratura que autorizó el traslado del juez Mahiques a la Cámara de Casación Penal. La letra chica de los argumentos.

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Carlos Mahiques es la nueva carta que el oficialismo juega en otro de los juzgados sensibles para la política nacional y bonaerense. Es que el Consejo de la Magistratura aprobó días atrás el traslado del magistrado a la Cámara de Casación Penal y pese a la negativa de Casación a tomarle juramento, un mero aval de Mauricio Macri lo depositaría en la silla en cuestión.

Como al igual que el juzgado Electoral bonaerense, el tribunal de Casación Penal no se trata de un lugar más. Sobre él recaen todas las causas federales que, hoy por hoy, pesan sobre el kirchnerismo. Por caso, es la Cámara Federal que puede resolver procesamiento de CFK.

Los fundamentos en los cuales se basaron desde la ONG AJUS La Plata son similares a los que, desde misma organización civil esgrimieron sobre Juan Manuel Culotta, y para agregarle un poco más de pimienta, el juzgado que interviene es el que está a cargo del Alberto Recondo que viene de ser recusado por el Consejo de la Magistratura.

En diálogo con La Tecla, el presidente de AJUS La Plata, Emanuel Desojo aseveró que "los fundamentos en los que se basó el pedido de nulidad son el no respeto a la resolución 155 del mismo Consejo de la Magistratura que lo viola en todos sus artículos".

"Sólo por nombrar alguno de ellos, Mahiques no tiene mas de 4 años en el cargo y no integra la misma jurisdicción y competencia", agregó.

Para los demás, existe la presentación en sí. En ella, AJUS La Plata argumenta que una serie de 4 puntos pilares para oponerse a la designación del exministro de Justicia de María Eugenia Vidal.

"El primero de los ejes sobre los que anida la nulidad que requerimos se declare, tiene que ver con la franca violación al principio reconocido constitucionalmente -en el artículo 18 CN- que establece la garantía de juez natural", señalan en el escrito

Así las cosas, afirman que, de este modo, "se está designando un juez para intervenir en una materia (federal) y un territorio (resto de la República), para el cual no ha concursado, ni ha sido
democráticamente desinsaculado (con la participación de los tres poderes de la República), sino con la sola “recomendación” del Consejo de la Magistratura que debe ser refrendada por el Poder Ejecutivo Nacional".

El segundo de los planteos en que se basa la petición de nulidad de la Resolución 129/2017 se encuentra el hecho del trámite del concurso público de antecedentes y oposición prácticamente finalizado, para cubrir no unos, si no cuatro cargos que se encuentran vacantes (Concurso N° 281/2014),donde el propio Consejo de la Magistratura tan apremiado para trasladar al Dr. Mahiques, ha dilatado la elevación de las ternas al Poder Ejecutivo, y así designar los jueces conforme el mecanismo establecido en la Constitución Nacional.

En tercer lugar, desde Abogados por la Justicia Social se explayaron sobre la violación de la Resolución N° 155/00 del propio Consejo de la Magistratura que reglamenta el traslado de jueces: "Concretamente, el doctor Mahiques no integra la misma jurisdicción, grado y competencia para ser trasladado; no
posee la antigüedad de cuatro años en su cargo y se ha violado el procedimiento que prevé el mentado reglamento".

En cuarto lugar, para la ONG la decisión resultaría arbitraria, y sin atravesar el tamiz de constitucionalidad, pues "otorga discrecionalidad para realizar el traslado de un juez de una jurisdicción a otra modificando la competencia para la cual fuera designado, lo que resulta arbitraria, y sin intervención del Poder Legislativo".

Fundamentos de JUAS La Plata sobre Nulidad Resolución del Consejo de la Magistratura by Germán on Scribd

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