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Argentina
Política Provincial
5 de mayo de 2017
PRIMICIA DE LA TECLA

Recondo declaró inconstitucional la designación de Culotta al frente del Juzgado Electoral

El titular del Juzgado Federal N°4 de La Plata falló de manera contraria a los intereses del Consejo de la Magistratura y le negó la subrogancia del juzgado que controla las elecciones en el territorio bonaerense al magistrado Juan Manuel Culotta

Recondo declaró inconstitucional la designación de Culotta al frente del Juzgado Electoral
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Finalmente, Juan Manuel Culotta, el hombre que el Consejo de la Magistratura quería para controlar el proceso eleccionario en toda la provincia de Buenos Aires, no subrogará el juzgado Electoral bonaerense que había dejado vacante la jueza María Servini.

Hoy se conoció el fallo del titular del juzgado federal N° 4, Alberto Recondo, que determinó que "hasta tanto se cree el Juzgado Federal Electoral de la Provincia de Buenos Aires, la competencia del Juzgado Criminal, Correccional Federal Nº 1, Secretaría Electoral de La Plata,
debe ser ejercida por un sólo magistrado, por tratarse de un órgano unipersonal".

Además, Recondo sentenció que "a los fines de impedir la discrecionalidad en las decisiones y garantizar el principio constitucional del “juez natural” (Arts. 18 y 75 inc. 22 de la Constitución Nacional), la atribución de las subrogancias debe quedar explicitada de manera objetiva".

De este modo, Recondo respetó su fallo anterior que sentó jurisprudencia cuando a fines del 2015 su decisión puso fin al régimen de subrogaciones y fijó uno transitorio de designación de subrogantes. Además declaró la inconstitucionalidad del reglamento de designaciones de subrogantes del Consejo de la Magistratura y de todas las listas de conjueces.

La sentencia estableció la nulidad de la ley que posibilitaba también que un secretario pueda asumir las funciones de un juez. Al declararse esa nulidad quedó vigente la ley anterior, que especifica cómo cubrir subrogancias. En ese sentido se determinó que las mismas debían ser cubiertas por el juzgado de denominación siguiente al que se producía la vacancia, respetando la competencia de la materia y el territorio. De este modo, por caso, el Juzgado Penal Nº 1 de La Plata debe ser subrogado por el Nº 3 de la misma ciudad, que es el que le sigue en igual competencia y territorio.

La particularidad del Juzgado Electoral bonaerense radica en que hay uno solo en toda la provincia de Buenos Aires; ergo, una de las opciones de interpretación de ese requisito configura que el juzgado con nominación que le seguiría tiene que ser el Nº 2, porque no hay otra competencia igual en toda la Provincia.

Así las cosas, Recondo declaró la inconstitucionalidad de la designación del Dr. Juan Manuel Culotta, como Juez Federal a cargo de la Secretaría Electoral en el Juzgado Criminal y Correccional Nº 1 de La Plata y dispuso el cese en el ejercicio de la presente subrogancia, una vez vencido el plazo de diez días de notificada la presente.

Fallo Recondo by Germán on Scribd

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