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Martes, 11 agosto 2026
Argentina
AFSCA Y AFTIC SIGUEN

Ley de Medios: la justicia frena los DNU de Macri

Dos fallos judiciales de cámara frenaron la aplicación de los decretos presidenciales que disuelven la Autoridad Federal de del Servicio de Comunicación Audiovisual creada por la ley de Medios Audiovisuales. Así, se mantienen el AFSCA y la Autoridad de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Aftic)

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En uno de ellos, producido por la Cámara Federal de la Plata, se dejó en vigencia una medida precautelar dispuesta por el juez platense Luis Arias, quien había suspendido los Decretos de Necesidad y Urgencia que derogaron parcialmente la Ley de Medios audiovisuales.

En el otro fallo, la Cámara Federal de Mar del Plata hizo lugar a la vía del amparo promovido por la Asociación de Radiodifusoras Bonaerenses y del Interior de la República Argentina (Arbia) y advirtió sobre "la entidad de los derechos constitucionales" violados por los decretos presidenciales.

La resolución de la cámara de la Plata lleva la firma de los jueces Roberto Lemos Arias, María del Rosario Durán y César Álvarez, y anula un fallo anterior dictado por el juez federal 4 de esta ciudad, Alberto Recondo.

El magistrado había avalado los decretos que disolvieron la Autoridad Federal del Servicio de Comunicación Audiovisual (AFSCA) y la de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (AFTIC), unificando los organismos en el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), en una virtual derogación de varios artículos de la Ley de Servicios Audiovisuales.

Para ello, Recondo había revocado, a su vez, una medida precautelar dictada por el juez en lo contencioso administrativo Luis Arias, que disponía la suspensión de los decretos presidenciales y que ahora vuelve a tener vigencia.

La Cámara federal de La Plata resolvió también apartar a Recondo de la causa y designó en su reemplazo al titular del Juzgado Federal 2, Adolfo Gabino Ziulu, para que siga la trámite.

En sus fundamentos, el tribunal de alzada platense cuestionó el proceder de Recondo al sostener que constituyó un “acto procesal extemporáneo” que violó las garantías del debido proceso y defensa en juicio.
Destaca que el magistrado desplazado dictó su fallo avalando los decretos presidenciales sin dar vistas a los litigantes de la apelación presentada por el abogado del Estado nacional.

En tanto, la Cámara Federal de mar del Plata hizo lugar a la presentación hecha por Osvaldo Francés, titular de la entidad que nuclea a pequeños radiodifusores del interior del país y vicepresidente del disuelto Consejo Federal de Comunicación Audiovisual (Cofeca).

"La entidad de los derechos constitucionales cuya violación es aquí aducida, ameritan la apertura de la vía del amparo, pues no sólo se relacionan con el derecho a la libertad de expresión, sino que incluso se encuentran vinculados con la forma republicana de gobierno", sostuvo el tribunal marplatense con las firmas de los jueces Jorge Ferro y Eduardo Pablo Jiménez.

"Es claro aquí que los decretos impugnados disuelven el organismo integrado por el amparista, afectándose así nítidamente facultades de actuación que habían sido alcanzadas mediante la designación legítima como representante en el Cofeca", argumentaron los jueces.

Fuente: Télam

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