Tras el reclamo de diversas organizaciones de derechos humanos por la gestión de Albarracín en el Ministerio de Justicia bonaerense, donde tuvo a su cargo el Servicio Penitenciario
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A través de un decreto, la gobernadora bonaerense María Eugenia Vidal suspendió la designación de César Albarracín como fiscal adjunto ante el Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, luego de los cuestionamientos presentados por varios organismos de derechos humanos por su gestión en el Ministerio de Justicia provincial, donde tuvo a su cargo el Servicio Penitenciario.
Con posterioridad a la firma del decreto se inició una causa por violación a los derechos humanos en las cárceles en la que Albarracín está involucrado. Sucede que el funcionario estuvo a cargo de la Subsecretaría de Política Criminal e Investigaciones Judiciales del Ministerio de Justicia bonaerense, donde tuvo a cargo el Servicio Penitenciario Bonaerense.
Frente a esa situación, la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), el CELS, otras organizaciones, el defensor de Casación Mario Coriolano, el juez Marcelo Madina, Pedro Sisti y la defensora oficial María Dolores Gómez presentaron una nota a Vidal en la que solicitaron que suspenda el nombramiento de Albarracín como fiscal frente al tribunal penal más importante de Buenos Aires.
"Por su desempeño como funcionario es que se pone en duda su idoneidad para cumplir con las funciones que el cargo de casación demanda. La gestión de Albarracín en aquella subsecretaría se basó en la negación de la grave situación de violaciones de los derechos humanos que sufren las personas privadas de su libertad en la provincia", criticaron.
"La reiterada negativa a dar cumplimiento a distintas órdenes judiciales, al tiempo que procedió de manera sistemática a recurrir e impugnar las decisiones de los jueces en materia de hábeas corpus colectivos por agravamiento de las condiciones de detención de las personas en ámbitos carcelarios, impidiendo que se ejecuten las medidas destinadas a hacer cesar los actos lesivos verificados por los magistrados", concluyeron.
La gobernadora finalmente accedió. El artículo 1 del decreto de suspensión al que tuvo acceso La Tecla dispone: "Suspender el proceso de designación de César Miguel ALBARRACIN (D.N.I. N° 22.996.761 – CLASE 1972) en el cargo de Fiscal Adjunto ante el Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, hasta tanto se deslinde su responsabilidad administrativa y/o penal en el marco de las actuaciones de referencia".
Entre los considerandos, Vidal aclaró que "median en el estado actual del procedimiento graves antecedentes que no estaban presentes ni fueron valorados al tiempo de decidir su designación, y ello torna conducente la adopción de medidas efectivas tendientes a resguardar el interés público comprometido, que debe prevalecer sobre cualquier expectativa personal".
Qué dice el Decreto:
VISTO el Decreto N° 1796/15, por el cual se designa a César Miguel ALBARRACIN (D.N.I. N° 22.996.761 – CLASE 1972) en el cargo de Fiscal Adjunto ante el Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que según lo dispuesto en el artículo 175 párrafo segundo de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, los integrantes del Ministerio Público —entre otros— serán designados por el Poder Ejecutivo, de una terna vinculante propuesta por el Consejo de la Magistratura con acuerdo del Senado otorgado en sesión pública;
Que la potestad política derivada de esa manda constitucional, lleva a concluir que es también facultad del Poder Ejecutivo suspender la designación de los integrantes del Ministerio Público, hasta tanto hayan asumido efectivamente sus funciones;
Que hace a la esencia del nombramiento de los magistrados que el órgano con atribución para efectuar en definitiva el mismo, pueda examinar las condiciones de postulante, e incluso abstenerse de efectuar el nombramiento hasta tanto tenga la certeza de que la elección que efectúa es la correcta frente al interés público comprometido;
Que la facultad de nombrar al interesado en el cargo del VISTO, puede ser ejercida dentro del amplio campo de actuación constitucionalmente asignado al Poder Ejecutivo, pues existe un ámbito dentro del cual éste puede válidamente actuar valorando las distintas variables que hacen a la oportunidad, mérito y conveniencia de su decisión;
Que la misma Constitución prevé que, en materia de designación de magistrados, se privilegiará la solvencia moral, la idoneidad y el respeto por las instituciones democráticas y derechos humanos (art. 175 tercer párrafo), requisitos exigibles para cumplir fielmente con los altos deberes que la Constitución y las leyes les imponen (doct. de Fallos 332:2307);
Que el límite temporal del ejercicio de la potestad discrecional y privativa del Poder Ejecutivo para revaluar la propuesta oportunamente efectuada —y eventualmente como en este caso la designación ya efectivizada—, resulta ser la jura y toma de posesión del cargo, último acto del complejo procedimiento de selección de magistrados, apto para conferir derechos subjetivos (S.C.B.A., A. 70.444, 8/4/2015, “Decastelli, Héctor Hugo contra Provincia de Buenos Aires. Pretensión anulatoria. Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley”);
Que, con posterioridad al dictado del Decreto N° 1796/15 suscripto por el anterior titular del Poder Ejecutivo, se sucedieron un conjunto de circunstancias objetivas de público conocimiento que motivaron el inicio de actuaciones sumariales caratuladas “PRESUNTA INFRACCION A LA NORMATIVA LEGAL Y REGLAMENTARIA EN VIGENCIA S/ EVASIÓN UP N° 30” (N° 21.200-090964/2015), en las que aparece involucrado César Miguel ALBARRACIN en presuntas conductas ilegales y/o delictivas;
Que, asimismo, los hechos ventilados en dichas actuaciones sumariales y los que obran como antecedentes de ese procedimiento son objeto de investigación en instancia judicial;
Que, por lo tanto, median en el estado actual del procedimiento graves antecedentes que no estaban presentes ni fueron valorados al tiempo de decidir su designación, y ello torna conducente la adopción de medidas efectivas tendientes a resguardar el interés público comprometido, que debe prevalecer sobre cualquier expectativa personal;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y el artículo 110 del Decreto-Ley N° 7647/70;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DECRETA
ARTÍCULO 1. Suspender el proceso de designación de César Miguel ALBARRACIN (D.N.I. N° 22.996.761 – CLASE 1972) en el cargo de Fiscal Adjunto ante el Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, hasta tanto se deslinde su responsabilidad administrativa y/o penal en el marco de las actuaciones de referencia.
ARTÍCULO 2. Comunicar en forma inmediata esta decisión a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y a la Procuradora General de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 3. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y archivar.