4 de noviembre de 2015
DECISIÓN DE LA CORTE
Durán seguirá al frente del proceso electoral
La resolución de la Corte Suprema, que declara inconstitucional la Ley de Subrogancias e invalida el nombramiento del doctor Laureano Durán a cargo del Juzgado Federal con competencia electoral de la Provincia, determina que el magistrado tiene tres meses para dejar el cargo, por lo tanto seguirá al mando del proceso electoral en el distrito bonaerense

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en su resolución de este miércoles, le dio la razón a la sentencia del juez Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal Nº4 de La Plata, Ricardo Recondo, quien el 2 de junio había declarado inconstitucional la Ley de Subrogancias.
Aquella medida se debió a una denuncia presentada por los apoderados de la UCR de La Plata y de Magdalena, Rodolfo Uriarte y Martín Villena, quienes hicieron la presentación tras conocerse que el doctor Laureano Durán quedaba a cargo, como subrogante, del Juzgado Penal Federal 1 de La Plata, con competencia electoral.
La sentencia de Recondo fue rápidamente revocada por la Cámara Federal de La Plata, la misma que propuso a Durán y donde el letrado cumplía funciones. Ayer, la Procuradora Alejandra Gils Carbó le dio la razón a la Cámara y ratificó a Durán. De inmediato el caso pasó a La Corte (donde se sabía que iba a terminar luego de la sentencia de Recondo y la revocatoria de la Cámara.
Sin perder tiempo, y por unanimidad, los ministros de la Corte le dieron la razón al juez de primera instancia, revocaron la sentencia de la Cámara platense, y declararon la inconstitucionalidad de la Ley de Subrogancias por la cual se permitía que puedan ser subrogantes abogados que no son magistrados. Se ordenó ajustarse a la Constitución y volver a la ley de subrogancias anterior, la 26,376.
Además, el máximo tribunal, con los mismos basamentos tomados por Recondo en su momento, declaró inválido el nombramiento de Durán, así como el de todos aquellos que actualmente se encuentran subrogando.
De todos modos, la Corte dictaminó que los jueces subrogantes en ejercicio tienen un plazo de tres meses para dejar el cargo. En los tribunales platenses, las fuentes consultadas por La Tecla aseguraron que “la medida seguramente está relacionada a que estamos en medio de un proceso electoral, y sacarlo a Durán ahora puede significar un contratiempo”.
“Aunque se determine que el nombramiento no es válido, la Corte toma el mismo argumento de la sentencia en primera instancia para dar como válidas las actuaciones porque de lo contrario se produciría un caos en la Justicia, y lo que debe buscar la Corte es el mal menor. Por esta misma razón otorga un plazo para que los subrogantes dejen los cargos”, añadió la fuente.
La extensión del plazo para que Durán mantenga el cargo por los próximos tres meses es la única diferencia entre la sentencia de la Corte y la que había producido en primera instancia el juez Recondo, quien dictaminó el cese inmediato de las tareas del subrogante del Juzgado Penal 1.
Los ministros del la Alzada también dictaron la invalidez de las listas de conjueces. De esta manera, el Consejo de la Magistratura deberá nombrar los jueces subrogantes respetando los principios constitucionales, y la Ley 26.376 (la anterior de subrogancias que vuelve a tomar vigencia) en enero
Deberán designarse los jueces subrogantes respetando los principios constitucionales y la ley anterior, que en su artículo primero, inciso A, dictamina cómo deben realizarse estas designaciones.