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Política Nacional
18 de febrero de 2013
COMPRA FRAUDULENTA DE DIVISAS

AFIP en busca de "turistas" que no viajaron

La AFIP analiza intimar a quienes pidieron comprar divisas y luego no viajaron. Amenaza con multas, suspensiones de CUIT, prohibiciones para operar en el mercado cambiario y prisión

AFIP en busca de
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Para intentar controlar un poco una maniobra que ya se volvió muy común, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) analiza enviar intimaciones a quienes el año pasado compraron dólares para viajar al exterior y luego no lo hicieron.

La artimaña, una de las pocas que permiten conseguir dólares legalmente y más baratos que el blue, consiste básicamente en reservar un vuelo, obtener con ese comprobante autorización de la AFIP para comprar dólares, cancelar luego la reserva por supuestos “motivos personales” y quedarse así con los billetes verdes.

La AFIP estima que unas 40.000 personas hicieron esto durante el segundo semestre de 2012, después de haber detectado que en junio unas 6.800 personas habían comprado divisas para supuesto “turismo” por $ 37,8 millones y luego no registraron salidas o reingresos al país. Además, después de cruzar datos con la Dirección de Migraciones, le pareció muy llamativo que la proporción de entre quienes pidieron comprar dólares para viajar y los que realmente lo hicieron.

Apelando entonces a la Ley Penal Tributaria (LPT), el organismo evalúa intimar a los supuestos “turistas” avisándoles que tienen cinco hábiles para devolver las divisas, caso contrario podrían recibir multas (de hasta diez veces el monto de la operación) o la suspensión de la Clave Unica de Identificación Tributaria (CUIT). Pero estos dos castigos no serían los únicos; también podría haber inhabilitaciones para operar en el mercado cambiario (comprar o vender divisas), y hasta prisión de uno a cuatro años en caso de reincidencia.

¿Son aplicables los castigos?
A pesar de las amenazas, varios especialistas sostienen que la AFIP no tiene las atribuciones para cumplirlas porque carece de competencia sobre el mercado cambiario. Así -sostienen-, tres de los castigos mencionados (multas, prohibición de operar en el mercado cambiario y prisión) sólo podría aplicarlos el Banco Central de la República Argentina (BCRA), porque la LPT se basa en las normas que éste dicta (es decir, no tiene delitos tipificados en ella). De esta manera, a la AFIP sólo le quedaría la potestad de suspender CUIT, basándose en tomar como declaraciones juradas los formularios de viaje.

De todos modos, sin importar qué entidad aplique finalmente los castigos, los especialistas ven difícil que realmente algo suceda. Por el lado del Central, aseguran que abrir un sumario “le generaría costos judiciales mayores que los montos a reclamar”, que “le sería difícil probar judicialmente que hubo mala fe”, y que ningún juez avalaría “una normativa que contradiga al derecho a la propiedad y a viajar”.

Respecto de la AFIP, sostienen que sólo puede suspender el CUIT a los contribuyentes incumplidores, como los que emitan facturas apócrifas o informen mal su domicilio, pero no a quienes no devuelvan divisas. Esto es así -indican- porque un decreto establece que el organismo no puede intervenir en el mercado cambiario, que controla el Central, por lo que tendría que limitarse a enviarle información a esta entidad para que actúe.

Además, los especialistas señalan que aplicar una suspensión de CUIT “sería discriminatorio, porque únicamente los
trabajadores independientes tienen esta clave, mientras que quienes estén en relación de dependencia quedarían exentos”. Y agregan que esta clave “es la que permite trabajar a las personas, por lo que suspenderla sería una clara violación al artículo 14 de la Constitución”.

Más allá de qué medidas finalmente se adopten, lo cierto es que los dos organismos solamente podrán sancionar las operaciones de supuestas compras para turismo llevadas a cabo en el segundo semestre de 2012, y no en el primero. Ocurre que recién el 5 de julio el Banco Central estableció la normativa que otorga cinco días hábiles para devolver los dólares de los supuestos “viajes” suspendidos; es decir que quienes compraron antes de esa fecha podrán argumentar que todavía no había ninguna restricción escrita.

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