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Viernes, 26 abril 2024
JUSTICIA
19 de junio de 2019

La Corte Suprema pone límites a las escuchas: pide a organismos y jueces extremar los recaudos

El máximo Tribunal de Justicia emitió una acordada en el que observó críticamente la difusión de escuchas y la interceptación de comunicaciones ilegales. Pedidos al Consejo de la Magistratura y al Congreso de la Nación.

La Corte Suprema pone límites a las escuchas: pide a organismos y jueces  extremar los recaudos - La Tecla

La Corte Suprema de Justicia de la Nación busca poner límites a las escuchas ilegales y difundió una acordada en la que le pide a distintos organismos que extremen los recaudos para que las interceptaciones sean fijadas con "límites objetivos" y pidió que se destruyan las grabaciones que aludan a cuestiones personales que no tengan que ver con la investigación.

Mediante la Acordada 17/2019, los supremos le otorgaron carácter restrictivo y fundado en orden judicial a las escuchas telefónicas. En ese sentido, le solicitaron al Consejo de la Magistratura de la Nación "un diagnóstico exhaustivo respecto del grado de aplicación de los criterios restrictivos en materia de interceptación de comunicacion".

"La obtención furtiva de datos personales que no encuentra fundamento en una investigación judicial, la divulgación en base a una finalidad originariamente lícita no solo deben ser prevenidos y castigados por la ley sino que deben merecer el máximo repudio social", manifestó la Corte en su resolución.

A su vez, la Corte le pidió al Congreso de la Nación el pronto tratamiento del proyecto destinado a regular la cadena de custodia de las interceptaciones y le solicitó a la Comisión Bicameral de Inteligencia que certifique que la Agencia Federal de Inteligencia AFI) "no realiza tareas de investigación criminal ajenas a las expresa y específicamente solicitadas".






Asimismo, le pidieron a los jueces  que apliquen en modo restrictivo la posibilidad de requerir los servicios de agentes de Inteligencia y que se extremen los recaudos necesarios para no incluir en la investigación comunicación de abogados y sus clientes, así como la transcripción de audios de índole personal que sean "inconducentes para la investigación".

En esa línea, solicitaron a todo el personal que cumple funciones de interceptación de comunicaciones que cumpla con la destrucción de material, en línea con las leyes vigentes. La decisión ha sido comunicada a la Procuración y la Defensoría General de la Nación. 

El Tribunal consignó que "sigue con preocupación los acontecimientos de público conocimiento vinculados a la difusión pública de la captación de comunicaciones, cuya interceptación y captación solo puede ser dispuesta por orden judicial en el marco de procesos penales en curso”.
"Nuestro orden constitucional no prevé un Estado omnipresente destinado a controlar a una sociedad en la que sus habitantes se encuentren bajo un generalizado estado de sospecha", remarcaron los supremos en la acordada.

El documento tiene lugar pocos días después que el Relator Especial para el Derecho a la Privacidad de las Naciones Unidas, Joseph A. Catannaci, marcara graves falencias en el sistema en un informe preliminar, cuyo contenido completo se presentará en 2020.

Catannacci aseguró en esa informe que las interceptación de escuchas así como la regulación de datos personales ameritan profundos cambios a implementar en el marco de un acuerdo político amplio, para el que exige mayor transparencia. 


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