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Sábado, 20 diciembre 2025
Argentina
5 de noviembre de 2025
A LO MILEI

Kicillof plantea disolver dos fondos fiduciarios de obras e infraestructura

El Gobernador propuso eliminar el fondo de inversión y traspasarlos directamente a manos de dos áreas del gabinete. Qué dicen los artículos que se incluyen en el Presupuesto 2026 que envió a la Legislatura.

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El proyecto de Presupuesto 2026 presentado por el gobernador Axel Kicillof ante la Legislatura bonaerense incluye la disolución de dos fondos fiduciarios provinciales vinculados a la ejecución de obras públicas y programas de infraestructura. De esta manera, toma una decisión similar a la que ya puso en práctica el presidente, Javier Milei, con su gestión nacional. 

Según el texto oficial, el artículo 56 dispone la disolución y liquidación del “Fondo Fiduciario Programa de Mejora de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires (PROMEI)”, creado por la Ley N° 14.393 y modificado por la Ley N° 15.310. De esta manera, queda extinguido el contrato de fideicomiso aprobado por el Decreto N° 114/2023.

El artículo 57 establece que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, absorberá las tareas, obras en ejecución y demás operatorias del PROMEI. En tanto, el artículo 58 mantiene vigentes las obligaciones del fiduciario durante el proceso de liquidación, a fin de garantizar los actos necesarios para su cierre.


Kicillof plantea disolver dos fondos fiduciarios de obras e infraestructura


El texto precisa que, antes de transferir los activos restantes al Ministerio de Infraestructura, deberán adoptarse medidas para cancelar anticipadamente los instrumentos financieros emitidos por la Provincia a favor del fondo.

A su vez, el artículo 59 ordena la disolución y liquidación del “Fondo Fiduciario para el Desarrollo del Plan de Infraestructura Provincial”, creado por la Ley N° 12.511, y extingue el contrato de fideicomiso aprobado por el Decreto N° 4.269/2000.


Kicillof plantea disolver dos fondos fiduciarios de obras e infraestructura


El artículo 60 determina que el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires asumirá las funciones, obras y operatorias a cargo de ese fondo fiduciario, mientras que el artículo 61 dispone la continuidad de las obligaciones del fiduciario hasta completar su liquidación y transferencia.

Ambos procesos incluyen la obligación de cancelar los instrumentos financieros vigentes a favor de los fondos antes de su disolución.

El artículo 62 unifica el destino de los recursos remanentes: una vez liquidados el PROMEI y el Fondo de Infraestructura, los fideicomisarios deberán transferirlos al Tesoro Provincial.

Finalmente, el artículo 63 establece que la disolución de los fondos tendrá vigencia a partir de la publicación de la ley, facultando al Ministerio de Economía a realizar las adecuaciones necesarias para cumplir con lo dispuesto.

 

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