25 de septiembre de 2025
PULGAR ABAJO
La ola llegó a la Corte: Villa Gesell perdió la pulseada por su ordenanza de guardavidas
El tribunal bonaerense ratificó la inconstitucionalidad de un sistema de puntajes que beneficiaba a locales en detrimento de otros profesionales.

La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires resolvió declarar inconstitucional la ordenanza 3276 de 2022 del municipio de Villa Gesell, que regulaba el sistema de concurso público para la contratación de guardavidas. Se trata de un revés significativo para la gestión municipal en materia de seguridad en playas.
Según destaca el portal Sector Informativo, el fallo del máximo tribunal provincial ratifica lo resuelto en instancias anteriores, tanto por la jueza de primera instancia de Dolores como por la Cámara Contencioso Administrativo de Mar del Plata, que habían considerado inválida la normativa local. En particular, la Corte sostuvo que el sistema de puntajes previsto en la ordenanza vulneraba principios de igualdad y no discriminación.
La ordenanza cuestionada establecía beneficios adicionales para guardavidas residentes en Villa Gesell, egresados de la escuela local o contribuyentes del municipio, lo que otorgaba una ventaja considerable sobre otros postulantes con experiencia previa en operativos de seguridad en playas, tanto dentro como fuera del distrito. Asimismo, fijaba un límite etario de 45 años para acceder a los concursos, lo que fue considerado una restricción arbitraria e infundada.
En su sentencia, la Corte determinó que el municipio no puede imponer límites artificiales de edad ni diseñar un esquema de puntajes que favorezca desproporcionadamente a un grupo de aspirantes en detrimento de otros con igual o mayor idoneidad. También dispuso que el sistema de evaluación debe ser revisado y ajustado en consenso con las partes involucradas, de manera que garantice un proceso equitativo y respetuoso de las garantías constitucionales.
La Cámara de Apelaciones, al fundamentar su postura, había señalado que la ventaja otorgada a residentes geselinos recién egresados de la Escuela de Guardavidas carecía de justificación razonable frente a profesionales con trayectoria comprobada. Si bien reconoció que es legítimo que un municipio promueva el empleo local, subrayó que priorizar este aspecto por encima del objetivo central —la formación de guardavidas calificados y su capacitación permanente— resulta desproporcionado y contrario a derecho.