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Lunes, 2 junio 2025
Argentina
2 de junio de 2025
JUDICIALES

Otro revés para Milei: la justicia suspendió el decreto que limita el derecho a huelga

Una jueza porteña dio lugar a la presentación realzada por la CGT y le puso un freno a las intenciones del gobierno de limitar el derecho a huelga por parte de los trabajadores

Otro revés para Milei: la justicia suspendió el decreto que limita el derecho a huelga
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Llegó el primer fallo judicial que pone contra las cuerdas la limitación del derecho a huelga que quería impulsar el gobierno nacional que conduce Javier Milei. El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°3 de Capital Federal dio lugar a la presentación realizada por la CGT y dio marcha atrás a la medida del gobierno.

El Juzgado a cargo de Moria Fullana se declaró competente y dio lugar a la medida cautelar que presentó la CGT, donde consideraron que el decreto presidencial “atenta contra la libertad sindical, violando el derecho de huelga que establece el Convenio 87 de la OIT y nuestra Constitución”.

En el fallo sostuvieron que este tipo de medidas no pueden resolverse mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU); sino que deben ser tratadas por el Congreso de la Nación. En el fallo, la jueza Moria Fullana argumentó: “El decreto 340 fue dictado en expreso uso de las facultades conferidas por la Constitución Nacional en el inciso 3 citado (de la Carta Magna)”.

“La admisión de las facultades legislativas por parte del Poder Ejecutivo se hace bajo condiciones de excesiva rigurosidad y con sujeción a exigencias formales”, sentenciaron en el fallo.

En esa línea, la sentencia dice: “Estas circunstancias excepcionales a las que refiere la norma presuponen que el Poder Ejecutivo no pueda, por motivo alguno, continuar con el trámite ordinario previsto para la sanción de las leyes. Es así que, para el ejercicio de esa facultad de excepción, además de restringir determinadas materias y disponer la debida consideración por parte del Poder Legislativo, exige que exista un estado de necesidad y urgencia”.

 
Por su parte desde la CGT emitieron un comunicado para celebrar el fallo de Fullana: “La Justicia hizo lugar a la presentación realizada por esta CGT con el objetivo de que se decrete la invalidez constitucional de los artículos 2 y 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia 340/25 que cercenaban el derecho a huelga garantizado por la Constitución”.

“La CGT celebra esta decisión de la Justicia Laboral de hacer lugar a la medida cautelar presentada y ordenar provisoriamente la suspensión de los efectos del DNU que, sin dudas, pone de relieve esta nueva avanzada del gobierno nacional a espaldas de los argentinos”, argumentó la CGT en el escrito.

A su vez, argumentaron que este logro del “movimiento obrero” se enmarca en “la correcta estrategia judicial que viene desarrollando la CGT con el objetivo de no permitir el avance del Ejecutivo sobre los derechos conquistados”.

 

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