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Lunes, 2 junio 2025
Argentina
2 de junio de 2025
BOLETÍN OFICIAL

Nación prorrogó la emergencia energética y la intervención de los entes reguladores

El Gobierno prorrogó hasta julio de 2026 la emergencia energética, la intervención del ENRE y ENARGAS, y el régimen de subsidios focalizados, según el Decreto 370/2025. Busca garantizar el suministro y reestructurar el sistema tarifario.

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A través del Decreto 370/2025, publicado este lunes en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Javier Milei y todo su gabinete, el Gobierno nacional decidió extender una vez más la emergencia energética y la intervención de los organismos reguladores de electricidad y gas.

El decreto establece en primer lugar la prórroga de la “emergencia del Sector Energético Nacional”, originalmente declarada mediante el Decreto N° 55 del 16 de diciembre de 2023 y luego extendida por el Decreto N° 1023 del 19 de noviembre de 2024. Esta extensión abarca los segmentos de generación, transporte y distribución de energía eléctrica bajo jurisdicción federal, así como el transporte y distribución de gas natural. La medida tendrá vigencia hasta el 9 de julio de 2026, manteniéndose en los términos establecidos por las normativas anteriores.

Asimismo, se dispuso prolongar la intervención del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) hasta el 9 de julio de 2026, o hasta la creación del futuro Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad, que absorberá las funciones de ambos organismos, según ocurra primero.

Nación prorrogó la emergencia energética y la intervención de los entes reguladores
La medida también alcanza a los entes reguladores ENRE y ENARGAS

El Ejecutivo también decidió extender “el período de transición hacia subsidios energéticos focalizados”, tal como lo establece el artículo 2° del Decreto N° 465 del 27 de mayo de 2024. Esta etapa de transición se mantendrá vigente hasta el 9 de julio de 2026. El objetivo es que la Secretaría de Energía, como autoridad de aplicación, continúe emitiendo las resoluciones necesarias para implementar lo dispuesto en esa norma, avanzar con la reestructuración del régimen de subsidios y definir los mecanismos concretos que garanticen la asignación y percepción efectiva de dichos subsidios por parte de los usuarios.

Paralelamente, el decreto invita a las provincias a coordinar con la Secretaría de Energía todas las acciones de emergencia necesarias para asegurar la prestación de los servicios de distribución eléctrica dentro de sus jurisdicciones, así como la aplicación de las medidas vinculadas a la reestructuración de subsidios.

En los considerandos, el Gobierno volvió a destacar que recibió una “herencia institucional, económica y social gravísima”, por lo cual considera que aún es imprescindible adoptar medidas extraordinarias para superar la situación de emergencia generada por las condiciones económicas y sociales excepcionales que atraviesa el país. En este contexto, se subraya que dichas condiciones fueron en gran parte producto de decisiones intervencionistas adoptadas por gestiones anteriores.

Respecto al área energética, el texto señala que esa herencia se manifiesta en tres aspectos críticos: la fragilidad del sistema recaudatorio, la precariedad de las instalaciones necesarias para garantizar el suministro presente y futuro, y la ausencia de señales claras de mercado tanto para la oferta como para la demanda.

Por estas razones, el Gobierno argumenta que resulta necesario y urgente extender la declaración de emergencia por un año más, con el fin de que los organismos competentes puedan continuar adoptando las medidas necesarias para asegurar la prestación continua de los servicios públicos de transporte y distribución de electricidad y gas.

Finalmente, el decreto sostiene que la continuidad de esta emergencia, en concordancia con la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos N° 27.742, contribuirá a eliminar la opacidad en las tarifas finales y a evitar la confusión entre los montos que los usuarios efectivamente pagan y los subsidios que reciben. De esta manera, los usuarios podrán identificar claramente qué conceptos abonan y por qué montos, en función de sus propios intereses económicos, conforme a lo establecido por el artículo 42 de la Constitución Nacional.

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