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Miércoles, 24 abril 2024
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20 de diciembre de 2022

Provincia sale al auxilio de once municipios afectados por la sequía

Mientras la sequía no da tregua, la provincia de Buenos Aires sale al auxilio de varios municipios

Provincia sale al auxilio de once municipios afectados por la sequía - La Tecla

Mientras la sequía no da tregua, la provincia de Buenos Aires sale al auxilio de varios municipios. De esta manera, el gobernador Axel Kicillof firmó el decreto para que productores de once partidos puedan presentar las declaraciones juradas que les permitirán acceder a los beneficios impositivos establecidos por ley de emergencia y/o desastre agropecuario.

En este sentido, se declaró el estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario para los distritos de 9 de Julio, Leandro N. Alem, Florentino Ameghino, Balcarce, Guaminí, General Las Heras, La Plata, Laprida, General Madariaga, Pila y San Antonio de Areco.

Según destaca la agencia DIB, la declaración de emergencia y/o desastre agropecuario corre con fechas diferentes para cada uno de estos partidos. De esta manera, para Ameghino y 9 de Julio, es para el período entre el 1º de junio y el 31 de diciembre de 2022. En el caso de Leandro N. Alem y Laprida, es entre el 1º de julio y el 31 de diciembre. En Guaminí, entre el 1º de agosto y el 31 de diciembre.

En Balcarce, del 1º de septiembre y el 31 de diciembre. En el resto, Madariaga, San Antonio de Areco, Las Heras, Pila y La Plata, la emergencia corre desde el 1º de octubre hasta el 31 de diciembre de este año.

Según se informó desde el Ministerio de Desarrollo Agrario bonaerense, “la ley establece que aquellos productores y productoras que hayan visto afectado entre el 50% y el 79% de su producción o capacidad de producción, serán considerados en estado de Emergencia Agropecuaria y se les otorgará una prórroga del pago del impuesto Inmobiliario Rural, correspondiente al inmueble destinado al desarrollo de la actividad agropecuaria”.

“En tanto -continúa el texto- aquellos que hayan sufrido una afectación de entre el 80% y 100% de su producción o capacidad de producción entran en la categoría de Desastre Agropecuario y serán eximidos del pago del impuesto rural, en proporción al porcentaje de la afectación de la explotación”.

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