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20 de febrero de 2026
POLÉMICA

Kicillof demora la integración del Tribunal Fiscal y complica la gestión provincial

El Poder Ejecutivo todavía no oficializó la designación de los miembros de la entidad luego de ser aprobadas por la Legislatura en diciembre. La oposición presentó un proyecto para evitar mayores inconvenientes administrativos con impacto en las arcas provinciales.

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El Gobierno bonaerense suma un nuevo dolor de cabeza con el retraso en el nombramiento de integrantes del Tribunal Fiscal de Apelación. La Legislatura designó a los miembros para ocupar las vacantes, pero hasta el momento no fueron puestos en funciones. La oposición ahora busca evitar nuevos inconvenientes para el Estado provincial.

El Poder Ejecutivo, en manos de Axel Kicillof, no avanzó con la jura de los integrantes que fueron elegidos a principios de diciembre. “Es la cuarta vez que se suspende la jura del tribunal fiscal. Se posterga y dan distintas explicaciones”, contó una voz al tanto de la situación a La Tecla

“La semana que viene son tres meses desde que se votó”, recordó. Además, advirtió que tal situación que para los deudores se termina la interposición de cancelar deuda por caducidad. Entonces, explicó que “ahora el Tribunal está desintegrado y el paso del tiempo hace que las deudas queden caducas”.

El 4 de diciembre, el oficialismo y la oposición en la Legislatura acordaron nombrar como vocales a los abogados Virginia García, Gabriel De Pascale, Federico Carozzi, Mariana Rodríguez y Ángel Villegas y los contadores Marcelo Giampaoli, Cecilia Oroz y Fernanda Campo. Sin embargo, hasta el momento no fueron efectivizados. 

Ante esta situación, en las filas opositoras presentaron un proyecto con el objetivo de suspender desde el 1 de octubre de 2025 todos los plazos procesales ante el Tribunal Fiscal de Apelación bonaerense hasta que el organismo quede plenamente integrado y pueda funcionar con normalidad. La iniciativa fue presentada por el diputado provincial, Diego Garciarena

La intención es hacer regir la medida con efecto retroactivo y, según el articulado, la suspensión alcanza todos los actos procesales susceptibles de caducidad, preclusión o pérdida de derechos. Esto incluye los plazos para interponer recursos, contestar traslados, ofrecer y producir prueba, cumplir intimaciones, así como también para dictar resoluciones y sentencias.

La norma aclara que es tanto para los particulares como para la Administración provincial. Además, busca preservar el crédito fiscal, evitar la caducidad de instancias y prevenir la prescripción de acciones, multas o sanciones que dependan de una sentencia del Tribunal.

A su vez, se explicó que se trata de un órgano especializado de naturaleza cuasi jurisdiccional encargado de revisar los actos administrativos tributarios dictados por la autoridad fiscal provincial, garantizando el debido proceso y el derecho de defensa de los contribuyentes. En esa línea, se advirtió que la paralización de hecho de su actividad decisoria genera una situación de gravedad institucional. Por un lado, expone a los contribuyentes al riesgo de perder derechos ante un órgano que no puede resolver. Por otro, compromete el interés público al abrir la posibilidad de prescripción de acciones fiscales.


Kicillof demora la integración del Tribunal Fiscal y complica la gestión provincial




Qué es el Tribunal Fiscal de Apelaciones

El Tribunal Fiscal de Apelación bonaerense tiene sus antecedentes en 1948, con la sanción de la Ley 5.246 que creó el primer Código Fiscal provincial y estableció la Cámara Fiscal de Apelación como instancia para revisar decisiones tributarias. En sus inicios, el organismo dependía del Ministerio de Hacienda, lo que generó cuestionamientos sobre su imparcialidad.

En 1956 se creó formalmente el Tribunal Fiscal de Apelación como última instancia administrativa en materia tributaria, con una estructura separada del Código Fiscal y un régimen propio que buscó garantizar mayor independencia respecto del Poder Ejecutivo.

La Ley Orgánica (decreto ley 7.603/70) y sus posteriores modificaciones —especialmente la reforma de 1996— ampliaron su integración a nueve vocales (seis abogados y tres contadores), organizados en tres salas interdisciplinarias. Los miembros deben ser designados por el Poder Ejecutivo con acuerdo legislativo, mediante concurso de antecedentes, y cuentan con garantías de estabilidad para asegurar autonomía técnica y funcional.

Desde entonces, el Tribunal se consolidó como un órgano especializado clave en la revisión de actos tributarios provinciales, con independencia formal respecto del Ejecutivo y una integración mixta que combina saber jurídico y contable en sus decisiones.


El proyecto de ley completo presentado en la Cámara de Diputados


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