22 de octubre de 2025
HACIA LAS URNAS
La Junta Electoral dispuso medidas para garantizar el voto accesible en las elecciones
La Justicia instruyó al Comando Electoral sobre la importancia de asegurar el acceso al sufragio de personas con discapacidad. Se dispuso la instalación de cabinas accesibles y la capacitación del personal de custodia en todos los establecimientos de votación.

De cara a las próximas elecciones, la Junta Electoral Nacional del distrito Buenos Aires aprobó un conjunto de medidas orientadas a garantizar el acceso al sufragio de las personas con discapacidad. La resolución, contenida en el Acta N° 14 firmada el 21 de octubre en La Plata, fue adoptada por el presidente de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, Jorge Eduardo Di Lorenzo; la presidenta de la Suprema Corte bonaerense, Hilda Kogan; y el juez federal con competencia electoral, Alejo Ramos Padilla, con la actuación de los secretarios electorales Alina Daniela Sayal y Leandro Luis Luppi.
El documento instruye al Comando Electoral sobre las obligaciones vinculadas al control, custodia y resguardo de urnas, documentación y materiales de comicio, pero pone especial énfasis en la accesibilidad electoral y la colaboración activa del personal de custodia para garantizar el derecho al voto de las personas con discapacidad.
“Resulta de suma importancia la instrucción y capacitación del personal de custodia destinado a los establecimientos de votación para asegurar la accesibilidad al sufragio de personas con discapacidad”, establece la resolución.
En ese sentido, la Junta dispuso que en todos los establecimientos de votación exista una Cabina de Votación Accesible (CVA), ubicada en la planta baja y lo más próxima posible al ingreso del edificio. También deberá garantizarse que los trayectos internos sean seguros y libres de obstáculos, eliminando cualquier barrera que dificulte la movilidad de los votantes.
El Anexo I de la resolución, titulado “Acceso al sufragio de las personas con discapacidad”, detalla las recomendaciones e instrucciones que deberá seguir el personal del Comando Electoral en su labor. Las pautas incluyen desde el mantenimiento de calzadas y veredas despejadas frente a los locales de votación, hasta la verificación de espacios destinados al estacionamiento de vehículos que transporten personas con movilidad reducida.
Asimismo, se autoriza a habilitar puertas de ingreso alternativas en aquellos edificios donde las escalinatas o desniveles dificulten el acceso principal, exclusivamente para el ingreso de personas con dificultades motrices.
El documento especifica que el personal de custodia deberá colaborar con los delegados electorales en la correcta instalación de las cabinas accesibles y en la creación de un “sendero seguro” entre la entrada del establecimiento y la CVA. Este recorrido deberá estar libre de elementos que puedan representar un riesgo, como carteles colgantes, matafuegos, mangueras o mobiliario mal ubicado.
La Junta Electoral también instruyó que se brinde asistencia y acompañamiento personalizado a quienes presenten alguna discapacidad o limitación, permanente o transitoria. Según el texto, el personal deberá “prestar toda la asistencia necesaria para el ingreso, desplazamiento hasta la cabina de votación accesible y posterior retiro del establecimiento”, siempre bajo criterios de respeto y consentimiento.
El anexo reproduce las recomendaciones de la Agencia Nacional de Discapacidad, entre ellas: preguntar antes de ofrecer ayuda, no tocar el equipamiento de apoyo o animales de asistencia sin autorización, mantener un trato respetuoso y comunicarse con claridad sin elevar el tono de voz. También se indica que, ante situaciones que generen dudas, el delegado electoral o el personal del Comando podrá comunicarse con la Secretaría Electoral al número 0221-489-5788, que funcionará con una línea directa con la Agencia Nacional de Discapacidad durante la jornada electoral.
La normativa aclara que, en los casos en que no sea posible instalar una cabina exclusiva para personas con discapacidad, una de las cabinas comunes podrá cumplir esa función, priorizando siempre su uso como accesible. Además, si una persona con discapacidad decide no utilizar la CVA, deberá otorgársele prioridad en su mesa de votación habitual.
El protocolo indica que la asistencia se realice en coordinación con el delegado electoral y la autoridad de mesa correspondiente, y que el personal de custodia pueda colaborar en el traslado de urnas, padrones o talonarios cuando sea necesario para garantizar la emisión del voto.
Finalmente, la Junta Electoral ordenó informar a todas las agrupaciones políticas, al Correo Oficial y al Comando Electoral sobre las nuevas disposiciones, que forman parte del marco de organización del operativo de seguridad y accesibilidad durante los comicios.
Con estas directivas, el Poder Judicial de la Nación busca fortalecer las condiciones de accesibilidad electoral y garantizar que todos los ciudadanos puedan ejercer su derecho al voto en las próximas elecciones en igualdad de condiciones.