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Martes, 23 abril 2024
JUSTICIA
26 de diciembre de 2018

Ordenan suspender una ordenanza que prohíbe pirotecnia en un municipio del Conurbano

Lo resolvió la Justicia en lo Contencioso Administrativa de Quilmes. La decisión sigue la línea trazada por la Suprema Corte bonaerense que declaró inconstitucional en septiembre una ordenanza de Alvarado.

Ordenan suspender una ordenanza que prohíbe pirotecnia en un municipio del Conurbano - La Tecla

La justicia en lo Contencioso Administrativa de Quilmes ordenó suspender la ordenanza  que prohibía la utilización y venta de pirotecnia en el Municipio, en línea con un fallo de la Suprema Corte de Justicia bonaerense que declaró en septiembre inconstitucional una norma similar en General Alvarado.

El fallo, firmado por el juez Hugo Guarnieri, ordena al municipio que “suspenda la aplicación y los efectos de las ordenanzas 99897/04 y 10031/04, disponiendo en consecuencia se autorice la venta libre de los productos”. 

El magistrado consideró, asimismo, que en la ordenanza  “la ausencia u omisión de detalles hacen aparecer en principio como endebles o arbitrarias  estas argumentaciones, ello sin desmedro de la posible presencia de un abuso en el ejercicio del poder por parte de la administración”.

Por otro lado, Guarnieri hizo hincapié en un argumento utilizado por la Suprema Corte bonaerense que se basa en el derecho a comerciar. Dijo que se trata de una actividad lícita y que la ordenanza local “se encuentra enfrentada con lo dispuesto por el artículo 14 de la Constitución Nacional en cuanto garantiza el ejercicio de toda industria lícita, excediendo de tal forma las atribuciones que le son propias”.

“La resolución muestra una tendencia que se acelera, la Justicia irá declarando inconstitucionales todas estas normas en todo el país: una ordenanza municipal no puede prohibir algo que es de venta libre a nivel nacional”, expresó el presidente de CAEFA, Mario Ruschin.

El fallo siguió la línea de la Suprema Corte bonaerense que declaró inconstitucional la ordenanza 220/15 de General Alvarado (Miramar) que prohíbe los fuegos de artificio en el distrito representa “el aniquilamiento del derecho constitucionalmente reconocido a comercializar y ejercer industria lícita”.

Como publicó La Tecla.info, Alvarado mantiene por ahora la ordenanza de Pirotecnia Cero. La Corte le dio un plazo de seis meses para reformar la ordenanza actual que se cumplen en marzo. El Departamento legal ya trabaja en un borrador al respecto. 

En relación a la comercialización de la pirotecnia hay un fuerte debate legal. Mientras la Cámara obtuvo un respaldo en su batalla en la Justicia de San Juan, recibió rechazos de la Justicia de Entre Ríos y Mendoza, provincias en las que se avaló ordenanzas prohibitivas. 
 

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