Argentina
Jueves, 25 abril 2024
BOLETIN OFICIAL
15 de marzo de 2019

Provincia avanzó en la reforma judicial y modificó los exámenes para los jueces

Después de la sanción favorable de la Legislatura, se oficializó el nuevo sistema de evaluación para la selección de jueces en la provincia de Buenos Aires.

Provincia avanzó en la reforma judicial y modificó los exámenes para los jueces - La Tecla

Este viernes, con su publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires, quedó formalmente modificado el proceso de evaluación de jueves de parte del Consejo de la Magistratura. Vale recordar que, en el marco de la reforma judicial que impulsa María Eugenia Vidal, la Legislatura bonaerense había sancionado favorablemente la variable.

De esa manera, el nuevo sistema modifica el artículo 2 de la resolución 2491/2017. Además se modifica el artículo 21 del Reglamento del Consejo de la Magistratura, por lo cual la calificación de los exámenes escrito y oral podrá ser impugnada dentro del plazo de diez días hábiles desde la publicación de los resultados de cada uno de ellos, respectivamente.

Así queda el sistema:

SISTEMA DE EVALUACIÓN DEL EXAMEN ESCRITO:

Los exámenes escritos consistirán en la resolución de un expediente judicial relacionado con el cargo concursado, mediante la confección de pronunciamientos, requerimientos, dictámenes o cualquier otro tipo de presentación, según las características del objeto de resolución y del cargo concursado. Para la resolución del examen se permitirá al concursante la consulta de libros. También se permitirá la utilización de aquellas bases de datos de jurisprudencia y legislación que el Consejo de la Magistratura provea al momento del examen. Los expedientes que serán utilizados para esos exámenes deberán confeccionarse, en formato digital, mediante la elaboración de “dossiers” en los que se seleccionará lo esencial de cada expediente judicial. Para la preparación de los expedientes que serán utilizados en los exámenes, el Consejo de la Magistratura podrá requerir colaboración a la Suprema Corte de Justicia, a la Procuración General y a cualquier dependencia judicial de la Provincia de Buenos Aires. Deberán adoptarse todos aquellos recaudos que garanticen la más estricta confidencialidad del material que será utilizado en los exámenes.

PAUTAS DE CORRECCION DEL EXAMEN ESCRITO:

Las pautas de corrección del examen escrito serán las siguientes: Análisis de los hechos y argumentación empleada (claridad, precisión, consistencia y profundidad de los argumentos que fundamentan la solución propuesta). Aplicación del derecho (sustento constitucional, legal, jurisprudencial y doctrinario). Dentro de las pautas mencionadas en los párafos precedentes, se tendrán en cuenta para calificar el examen el lenguaje utilizado, el cumplimiento adecuado de las formalidades, y la coherencia de la solución propuesta (consistencia lógica y sistemática entre la base argumental empleada y la conclusión).

PLAZO:

Los postulantes dispondrán de un plazo de cinco (5) horas para culminar el examen. Esta pauta podrá modificarse por la Sala interviniente en atención a circunstancias que lo justifiquen.

PAUTAS DE APROBACIÓN:

La resolución del expediente adjudicará al postulante un puntaje de entre cero (0) y cien (100) puntos. Se dividirá entre cero (0) y cincuenta (50) puntos para el análisis de los hechos y la argumentación empleada, y entre cero (0) y cincuenta (50) puntos para la aplicación del derecho. Para la aprobación del examen escrito se requerirá como mínimo alcanzar un puntaje total de sesenta (60) puntos, y un puntaje mínimo de veinticinco (25) puntos en el análisis de los hechos y la argumentación empleada, y de veinticinco (25) puntos en la aplicación del derecho.

SISTEMA DE EVALUACIÓN DEL EXAMEN ORAL:

Aquellos postulantes que hayan alcanzado la puntuación mínima requerida para aprobar el examen escrito, se encontrarán habilitados para rendir el examen oral. Los exámenes orales consistirán en preguntas referidas a las unidades temáticas que integran el programa de examen, que serán formuladas por los académicos y por aquellos Consejeros que integren la Sala Examinadora. Las preguntas de dichos Consejeros solo serán consideradas para la calificación de los postulantes, cuando hayan participado en la examinación oral de todos ellos. Las unidades temáticas que serán concreto objeto de evaluación serán previamente establecidas, con un número mínimo de cinco (5), por los Académicos, quienes deberán presentarlas junto con el “dossier” que se utilizará para la evaluación escrita, y serán puestas en conocimiento de la Sala Examinadora, manteniendo también los mismos recaudos que garanticen su más estricta confidencialidad. A cada postulante se lo interrogará sobre aquella unidad temática que le corresponda según el sorteo que realizará el aspirante al momento del examen oral. Los exámenes orales serán grabados o videofilmados.

PLAZO:

El examen oral tendrá una duración máxima de una (1) hora por postulante. Esta pauta podrá modificarse por la Sala interviniente en atención a circunstancias que lo justifiquen.

PAUTAS DE APROBACIÓN:

El examen oral adjudicará al postulante un puntaje de entre cero (0) y cien (100) puntos. Para su aprobación se requerirá como mínimo alcanzar un puntaje total de sesenta (60) puntos. Sin perjuicio de la facultad de los Consejeros de formular preguntas a los postulantes, y de la posterior evaluación a cargo de la Sala Examinadora, la calificación que se efectuará al momento de llevarse a cabo los exámenes orales estará a cargo de los académicos.

Calle 44 Num. 372 La Plata, Buenos Aires. Argentina
+54 (0221) 4273709
Copyright 2024 La Tecla
Todos los derechos reservados
By Serga.NET