Este viernes, con su publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires, quedó formalmente modificado el proceso de evaluación de jueves de parte del Consejo de De esa manera, el nuevo sistema modifica el artículo 2 de la resolución 2491/2017. Además se modifica el artículo 21 del Reglamento del Consejo de Así queda el sistema: SISTEMA DE EVALUACIÓN DEL EXAMEN ESCRITO: Los exámenes escritos consistirán en la resolución de un expediente judicial relacionado con el cargo concursado, mediante la confección de pronunciamientos, requerimientos, dictámenes o cualquier otro tipo de presentación, según las características del objeto de resolución y del cargo concursado. Para la resolución del examen se permitirá al concursante la consulta de libros. También se permitirá la utilización de aquellas bases de datos de jurisprudencia y legislación que el Consejo de PAUTAS DE CORRECCION DEL EXAMEN ESCRITO: Las pautas de corrección del examen escrito serán las siguientes: Análisis de los hechos y argumentación empleada (claridad, precisión, consistencia y profundidad de los argumentos que fundamentan la solución propuesta). Aplicación del derecho (sustento constitucional, legal, jurisprudencial y doctrinario). Dentro de las pautas mencionadas en los párafos precedentes, se tendrán en cuenta para calificar el examen el lenguaje utilizado, el cumplimiento adecuado de las formalidades, y la coherencia de la solución propuesta (consistencia lógica y sistemática entre la base argumental empleada y la conclusión). PLAZO: Los postulantes dispondrán de un plazo de cinco (5) horas para culminar el examen. Esta pauta podrá modificarse por PAUTAS DE APROBACIÓN: La resolución del expediente adjudicará al postulante un puntaje de entre cero (0) y cien (100) puntos. Se dividirá entre cero (0) y cincuenta (50) puntos para el análisis de los hechos y la argumentación empleada, y entre cero (0) y cincuenta (50) puntos para la aplicación del derecho. Para la aprobación del examen escrito se requerirá como mínimo alcanzar un puntaje total de sesenta (60) puntos, y un puntaje mínimo de veinticinco (25) puntos en el análisis de los hechos y la argumentación empleada, y de veinticinco (25) puntos en la aplicación del derecho. SISTEMA DE EVALUACIÓN DEL EXAMEN ORAL: Aquellos postulantes que hayan alcanzado la puntuación mínima requerida para aprobar el examen escrito, se encontrarán habilitados para rendir el examen oral. Los exámenes orales consistirán en preguntas referidas a las unidades temáticas que integran el programa de examen, que serán formuladas por los académicos y por aquellos Consejeros que integren PLAZO: El examen oral tendrá una duración máxima de una (1) hora por postulante. Esta pauta podrá modificarse por PAUTAS DE APROBACIÓN: El examen oral adjudicará al postulante un puntaje de entre cero (0) y cien (100) puntos. Para su aprobación se requerirá como mínimo alcanzar un puntaje total de sesenta (60) puntos. Sin perjuicio de la facultad de los Consejeros de formular preguntas a los postulantes, y de la posterior evaluación a cargo de |