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Política Provincial
13 de marzo de 2019
JUSTICIA

Caso D´Alessio: organismo provincial probó que se realizaron prácticas de espionaje ilegal

La Comisión Provincial por la Memoria realizó un informe preliminar sobre el material secuestrado en la casa del acusado y halló rastros de espionaje. Señaló que se violaron las leyes de Inteligencia y de Seguridad Interior.

Caso D´Alessio: organismo provincial probó que se realizaron prácticas de espionaje ilegal
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A pedido de la Justicia, la Comisión provincial por la Memoria (CPM) acreditó que hubo prácticas de “espionaje ilegal” en la causa que tiene como detenido a Marcelo D´Alessio, y por la que también está implicado el fiscal federal Carlos Stornelli, en la que se mencionan supuestos sobornos en el expediente en paralelo de los cuadernos de las coima.

La CPM intervino ante el requerimiento del juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla. De acuerdo a un informe preliminar presentado este martes al magistrado, el organismo estableció que se accedió “a información sensible no pública de organismos estatales, la realización de seguimientos y las denominadas técnicas “de ablande”, con el objeto de coaccionar personas para posibles actos extorsivos”.

El organismo también detalló que “se relevó la incorporación de sus testimonios en causas judiciales que investigan hechos de corrupción, sin que existiera orden previa y fundada de realizar esos actos, conforme manda la ley”

Ramos Padilla solicitó la intervención del organismo el 22 de febrero para que analice la información secuestrada en la casa del procesado Marcelo Sebastián D’Alessio. El juez fundó el pedido en que la CPM custodia desde hace 18 años los archivos de inteligencia de la ex Dirección de inteligencia de la Policía Bonaerense (DIPBA).

Este miércoles, en su informe ante la Comisión de Libertad de Expresión de la Cámara de Diputados de la Nación, Ramos Padilla destacó que el organismo “administra el mayor informe de inteligencia de las dictaduras de Latinoamérica” y rescató su experiencia en la realización de “peritajes judiciales”.

Para la CPM, Marcelo D`Alessio desplegó tareas de inteligencia “en tanto existen pruebas suficientes que indican que de manera planificada recopiló, procesó, analizó y sistematizó información con enunciados fines tácticos o estratégicos. El ciclo de inteligencia realizado contuvo una planificación, una fase operativa de reunión informativa, un análisis de la información recolectada, su sistematización y la posterior difusión a los destinatarios”.

La organización remarcó que el fondo documental contiene indicios de que entre los destinatarios figuran agencias de inteligencia nacionales y extranjeras o con actores del Poder Judicial de la Nación.

Según se informó, se determinó que D´Alessió se encargó de la producción de inteligencia y almacenamiento de datos de personas “por su opinión política y/o pertenencia partidaria y/o por su actividad lícita y realización de actividades de inteligencia con el objetivo de influir en la vida personal, en la situación institucional, política y económica del país y en su política exterior, así como en la opinión pública a través de los medios de comunicación”.

Entre el material secuestrado, se encuentra determinado “la captación de comunicaciones, el acceso al registro de migraciones y el acceso a información estatal y privada reservada, todo esto sin la debida autorización judicial”.

El organismo remarca que las tareas establecidas violan las normativas que regulan la materia de inteligencia y de seguridad interior como exterior. Se trata de las leyes nacionales N° 25.520 (Inteligencia) N° 24.059 (de Seguridad Interior) y N° 23554 (Defensa Nacional).

Cualquiera de las hipótesis que se acrediten en la causa, la pertenencia de D’Alessio a alguna agencia estatal de inteligencia o seguridad, o la posibilidad de que no pertenezca a ninguna de ellas, configuran hechos que vulneran la institucionalidad democrática y los principio republicanos del estado de derecho. En la primera hipótesis por el accionar de agencias estatales por fuera de la ley. En la segunda, por la absoluta endeblez y negligencia de un sistema que debería haber detectado y alertado sobre tales prácticas”, se indicó. 
 

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